

La regularización extraordinaria de migrantes impulsada en España continuará su tramitación después de que el Tribunal Supremo rechazara tanto elevar el procedimiento ante la Justicia europea como suspender provisionalmente la norma que lo regula. La medida fue aprobada mediante el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modificó el Reglamento de Extranjería para establecer nuevas vías de residencia por circunstancias excepcionales.
Según la información provista por EFE, la Sala Tercera del Tribunal Supremo había planteado el pasado 30 de junio a las partes la posibilidad de presentar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial para determinar si algunos puntos del real decreto podían entrar en conflicto con la normativa comunitaria.
La Abogacía del Estado se opuso a esta posibilidad al considerar que la regularización de migrantes forma parte de las competencias nacionales. Por el contrario, la Comunidad Valenciana y Aragón, que impugnaron la norma, defendieron que la Justicia europea debía pronunciarse.
Tras analizar las alegaciones, el alto tribunal concluyó que no resulta pertinente plantear la cuestión prejudicial en este momento procesal. Los autos con los argumentos completos de la decisión se conocerán en los próximos días.
Las razones del Supremo para rechazar la suspensión de la regularización de migrantes
Junto con la negativa a acudir al TJUE, el Tribunal Supremo también rechazó suspender cautelarmente la ejecución del real decreto, tal como habían solicitado los gobiernos de la Comunidad Valenciana y Aragón.
La Sala se remitió a los argumentos expuestos en mayo, cuando señaló que existe un “interés público notorio” en la regularización extraordinaria de migrantes. Según el tribunal, la medida afecta a un “sustrato humano” que trasciende la mera consideración económica.
El Supremo había solicitado a las partes que se pronunciaran sobre la compatibilidad de la regularización con el Convenio de Schengen, la normativa europea en materia migratoria y el Tratado de la Unión Europea.

En concreto, el tribunal planteó dudas sobre una medida adoptada por un Estado miembro mediante una norma reglamentaria y sin que constara una coordinación previa con el resto de los países de la Unión Europea.
Los servicios jurídicos del Estado consideraron que la consulta se aproximaba más a un dictamen sobre escenarios generales o hipotéticos que a una cuestión necesaria para resolver el procedimiento actual.
Qué alegaron la Comunidad Valenciana y Aragón contra la medida
La Generalitat Valenciana advirtió de que la regularización podría tener efectos que superaran el ámbito español y alcanzaran al conjunto del espacio europeo de libertad, seguridad y justicia.
Según su planteamiento, la medida podría influir en cuestiones vinculadas con el asilo, los procedimientos de retorno y la libre circulación dentro del espacio Schengen.

Por su parte, Aragón defendió que podía existir una colisión entre la normativa española y el derecho comunitario. Por este motivo, solicitó tanto elevar el caso ante el TJUE como suspender temporalmente la aplicación del real decreto.
Sin embargo, el Supremo rechazó ambas peticiones y señaló que no se formularon votos particulares discrepantes dentro de la Sala.
Con esta decisión, el proceso de regularización extraordinaria continuará vigente en España mientras el Tribunal Supremo estudia el fondo de los recursos presentados contra la norma.












