La Dirección General de Tráfico de España (DGT) explicó cómo deben actuar los coches para permitir el paso de vehículos de emergencia cuando se produce una retención. Según detalló el organismo este viernes, a través de su cuenta de X, la nueva norma establece que los conductores “deberán orillarse dejando un espacio central libre”, con una disposición diferente según el número de carriles de la vía.
La medida forma parte de las modificaciones del Reglamento General de Circulación, aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que entraron en vigor el 1 de octubre de 2026. La reforma incorpora nuevas disposiciones para mejorar la seguridad vial y proteger a los usuarios más vulnerables, además de adaptar las reglas de circulación a los cambios en la movilidad.
Cómo deben apartarse los coches para dejar pasar a las ambulancias y otros vehículos de emergencia
En caso de retención, los conductores deberán facilitar la circulación de los vehículos de emergencia dejando un corredor central libre. Para conseguirlo, tendrán que apartarse hacia los lados de la calzada y mantener despejada la zona de paso. La disposición dependerá de la cantidad de carriles disponibles:
- Vías de dos carriles: los vehículos deberán dejar libre el espacio entre el carril izquierdo y el derecho.
- Vías de tres carriles: el corredor de emergencia deberá quedar entre el carril izquierdo y el carril central.
Esta indicación se aplica a situaciones de atasco en autopistas y autovías, donde los vehículos deberán apartarse para permitir el avance de los servicios de emergencia.
🚑 En una retención, los vehículos deberán orillarse dejando un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de emergencia. 2 carriles: Entre carril izquierdo y el de la derecha. 3 carriles: Entre carril izquierdo y el del medio. ℹ️ https://t.co/UGMRUpSnNu https://t.co/V61z9FLG9M
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 30, 2026
Qué conductores se consideran usuarios vulnerables según la nueva normativa
El Real Decreto 518/2026 incorpora por primera vez al Reglamento General de Circulación una definición formal de “usuario vulnerable de la vía”. Se refiere a las personas que, por su medio de desplazamiento, edad o características físicas, tienen más probabilidades de sufrir lesiones en un accidente de tráfico o de padecer consecuencias más graves. Dentro de esta categoría se encuentran:
- Peatones, especialmente menores, personas mayores y personas con discapacidad.
- Ciclistas, que comparten la vía con vehículos de mayor tamaño.
- Usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).
- Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
La reforma tiene en cuenta que cualquier persona puede encontrarse en una situación de vulnerabilidad dependiendo del transporte que utilice o de sus circunstancias personales.
Qué otros cambios introduce el Real Decreto 518/2026 en la circulación urbana
El segundo eje de la reforma es la movilidad segura y sostenible en las ciudades. Para ello, el Reglamento General de Circulación incorpora un nuevo título VI, dedicado específicamente a las normas de circulación en zonas urbanas.
El objetivo es adaptar las reglas a la creciente presencia de distintos medios de transporte y facilitar la convivencia entre peatones, bicicletas, vehículos de movilidad personal y automóviles.
Además, los cambios se alinean con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2015. Entre sus prioridades figuran la salud y el bienestar, la energía asequible y no contaminante, las ciudades sostenibles y la acción por el clima.
En ese contexto, la entrada en vigor de estas disposiciones ha supuesto una actualización del Reglamento después de dos décadas de transformaciones en la movilidad, con un enfoque que sitúa a las personas y su seguridad en el centro de la normativa.