Nivel país

Cuáles son las 4 zonas de riesgo sanitario en las que el Gobierno dividió al país y qué restricciones rigen en cada una

El Ejecutivo estableció una clasificación, tomando en cuenta tres factores. Las categorías son cuatro y, en base a ellas, varían las medidas restrictivas que tienen como objetivo reducir los contagios de coronavirus.

En el marco del anuncio de nuevas medidas de restricciones que hizo esta mañana el presidente Alberto Fernández, y que tendrán vigencia desde mañana al 21 de mayo, inclusive, el Ejecutivo estableció una clasificación, tomando en cuenta tres factores, para todo el país. 

Las categorías son cuatro y, en base a ellas, varían las medidas restrictivas que tienen como objetivo reducir los contagios de coronavirus.

Restricciones en todo el país 

Por un lado, el Ejecutivo dictó medidas que rigen para todo el país. Ellas son:

  • Suspensión de los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos, 
  • Suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas
  • Suspensión de la asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Zonas de mediano riesgo sanitario y epidemiológico 

Por otro, se establecieron medidas específicas para cada zona, de acuerdo a su clasificación. Para ello se establecieron cuatro categorías: situación de bajo riesgo (donde rigen las medidas generales para todo el país), de riesgo sanitario epidemiológico mediano y alto y, además, de alarma epidemiológica y sanitaria.

Para determinar en qué zona se encuentra cada lugar del país se toman en cuenta tres factores: Razón (aumento de casos en últimos 14 días), Incidencia (cantidad de casos sobre población) y Ocupación de camas UTI.  

Las medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio quedaron en manos de los gobernadores. Es su facultad y responsabilidad "adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".

El Gobierno mantiene el toque de queda desde las 20 y la suspensión de clases presenciales en el AMBA

Restricciones para zonas de alto riesgo

En tanto, para las zonas de alto riesgo epidemiológico se dispuso:

  • la suspensión de actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados;
  • la suspensión de las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas;
  • la suspensión de la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas;
  • la suspensión de todas las actividades de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta;
  • el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00;
  • la prohibición de la circulación entre las 00:00 y las 06:00, aunque las autoridades locales podrán ampliar esos horarios de prohibición;
  • un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios;
  • y, para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario, estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.


Restricciones en zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

Para las zonas clasificadas como de alerta epidemiológica y sanitaria, se determinó:

  • Cierre de centros comerciales y shoppings
  • Suspensión de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados
  • Locales comerciales deberán permanecer cerrados entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno. 
  • Restricción en ámbito educativo. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 
  • Se prohíben los deportes grupales
  • Cierre de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta
  • Horario de cierre de locales gastronómicos: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre
  • Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.) 
  • Transporte público solo para esenciales y autorizados.
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Comentarios

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  • CA

    Claudia Analía

    30/04/21

    Para Alberto "Riesgo Sanitario" en realidad es "RIESGO ELECTORAL"....

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