

En esta noticia
- Impuesto a las Ganancias: ¿Qué nuevas exenciones incluyó AFIP?
- Impuesto a las Ganancias: ¿Qué informó AFIP sobre la exención de las horas extras?
- Impuesto a las Ganancias: ¿Qué informó AFIP sobre la exención del bono por productividad?
- ¿Qué informó AFIP sobre la exención de movilidad y viáticos para trabajadores?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó a empleadores de determinados sectores a que devuelvan los montos retenidos por el Impuesto a las Ganancias a partir de enero 2023.
El alivio fiscal permitirá a los trabajadores recibir una suma adicional que incluirá el reembolso de ciertos conceptos que ya no estarán sujetos al pago de dicho gravamen.
Entre las nuevas exenciones se encuentran el bono por productividad, bono por fallo de caja, horas extras, movilidad y viáticos.

Impuesto a las Ganancias: ¿Qué nuevas exenciones incluyó AFIP?
A pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), AFIP estableció el método de cálculo para la exención del Impuesto a las Ganancias en concepto de horas extras, bono por productividad, movilidad y viáticos.
Aún se espera la emisión de la resolución correspondiente para que estas medidas entren en vigencia.
Impuesto a las Ganancias: ¿Qué informó AFIP sobre la exención de las horas extras?
A través de un comunicado, AFIP presentó el criterio técnico, adoptado por la Dirección Nacional de Impuesto, que aborda el tratamiento adecuado de varios conceptos salariales contemplados en los Convenio Colectivos de Trabajo.
"Los agentes de retención deberán proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023 que pudieran resultar de comparar los importes retenidos hasta esta fecha con el que corresponda retener considerando la opinión de cada dictamen", detalló.
Impuesto a las Ganancias: ¿Qué informó AFIP sobre la exención del bono por productividad?
La última modificación se aplicará a los siguientes conceptos:
- bono por productividad,
- fallo de caja.
La exención se aplicará hasta un monto máximo equivalente al 40% de la ganancia no imponible y será válida únicamente para los trabajadores cuya remuneración bruta mensual promedio no supere los $800.000. Además, esta exención se aplicará a cada uno de los bonos pagados por el empleador, siempre y cuando los criterios que determinan el monto sean diferentes entre sí.

¿Qué informó AFIP sobre la exención de movilidad y viáticos para trabajadores?
Los gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones similares podrán ser deducidos del Impuesto a las Ganancias con los montos establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).
- Actividades de transporte terrestre de larga distancia para camioneros que superen los 100 kilómetros: el monto deducido no podrá exceder el equivalente a cuatro meses el monto de la ganancia no imponible.
- Otras actividades de transporte de larga distancia que superen los 100 kilómetros: la deducción no podrá superar el monto de la ganancia no imponible.
- Actividades varias: el monto deducido no podrá exceder el 40% de la ganancia no imponible.













