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La suba del piso del Impuesto a las Ganancias, que entró en vigencia en octubre, se verá reflejada en el bolsillo de los trabajadores desde hoy con el pago de salarios en noviembre, debido a que el tributo descuenta sobre los sueldos del mes previo.
Desde este mes, gracias a la suba del mínimo no imponible, pagarán el impuesto solo quienes tengan un salario bruto superior a $ 1.980.000, monto equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
El nuevo piso fue publicado en el Boletín Oficial mediante el Decreto Nº 473/2023 y aprobado en el Congreso de la Nación. Gracias a esta modificación, a partir de noviembre, el 99,2% de los trabajadores y jubilados no pagan Impuesto a las Ganancias.
Sube el piso del Impuesto a las Ganancias: quiénes se ven beneficiados desde noviembre
El Gobierno dispuso modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para que dejen de pagar el tributo las trabajadoras y los trabajadores con sueldos mensuales brutos menores al equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes a octubre de 2023.

La medida rige para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de octubre de 2023, por lo que se verá reflejado en el bolsillo de los trabajadores desde el 1° de noviembre.
Según el Decreto 473, "para el segundo semestre del período fiscal 2023" el mínimo no imponible de Ganancias "ascenderá a una suma mensual equivalente -conforme el monto que esté vigente al 1º de octubre de 2023-, a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)".
Por ende, dado que el 1° de octubre el salario mínimo aumentó un 12% -con otro 12% para noviembre y 12% para diciembre- a $ 132.000, el piso de Ganancias será este monto por 15, es decir, $ 1.980.000 brutos.
Pese a que el SMVM se actualizará todos los meses hasta fin de año, el piso de Ganancias se mantendrá hasta diciembre en los $ 1,9 millones actuales que establece la normativa.
Luego, a partir del 1° de enero de 2024, comenzará a correr la ley aprobada por el Senado: se trata de una reforma de Ganancias que crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35% y que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.













