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Plan recaudación 2023: las claves de los tres proyectos del Gobierno para sumar fondos

El Presidente girará al Congreso en extraordinarias tres proyectos tendientes a sumar fondos a las arcas del Estado. La compensación para pagarle al Gobierno de la Ciudad, tras el fallo adverso de la Corte Suprema.

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En medio de la pelea con la Ciudad de Buenos Aires por la coparticipación el presidente Alberto Fernández puso en marcha una batería de iniciativas tendientes a aumentar la recaudación de fondos para el 2023 que se sostienen en tres proyectos que serán enviados al Congreso para las sesiones extraordinarias.

Bajo las directivas concretas del ministro de Economía, Sergio Massa, el Gobierno se dispone a impulsar herramientas concretas que le garanticen nuevos ingresos al fisco y en paralelo puedan resolver el conflicto legal desatado con la administración de Horacio Rodríguez Larreta.

No hay aún cálculos estimados de lo que se espera recaudar con los proyectos que impulsa la Casa Rosada aunque creen que le dará cierta estabilidad en las cuentas públicas si se logran convertir en ley.

El Presidente Alberto Fernández y el jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta

Estas iniciativas corren en paralelo a la batalle legal que entabló Alberto Fernández con Rodríguez Larreta donde ayer el gobierno nacional reclamó a la Corte Suprema de Justicia que suspenda los efectos de su propio fallo en donde se le ordenó al Estado Nacional, a través de una medida cautelar, que entregue el 2,95% de los fondos de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires.

En el Gobierno confirmaron a El Cronista que el Presidente enviará al Congreso los siguientes tres proyectos para su tratamiento en extraordinarias aunque por las diferencias profundas que hay con la oposición no existen garantías de que se pueda sesionar en febrero:

1-IMPUESTO AL JUEGO

Se trata de una idea que empezó a circular con fuerza el fin de semana luego del fallo de la Corte en que se ordenó a la Nación a transferir fondos a la Ciudad en concepto de coparticipación.

Si bien el Presidente anunció que para acatar el fallo de la Corte Suprema se pagará con el Bono TX31 a la Ciudad no se descarta en paralelo la idea de incrementar el impuesto a los juegos de azar para contar con fondos seguros a la hora de cumplir con las exigencias judiciales.

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"Hay que ajustar en aquellos sectores donde no pegue al bolsillo directo de los trabajadores", explicó a El Cronista un allegado al ministro Massa.

No está claro el monto global que se prevé de incremento impositivo para el juego de azar

En el Gobierno justifican la propuesta del Bono TX31 como una respuesta al reclamo de Rodríguez Larreta aunque saben que con ello no será suficiente. La ecuación es simple: si hasta ahora la Nación le giraba a la Ciudad el 1,4% del total coparticipable esa cifra se deberá duplicar con el fallo de la Corte por lo que el próximo año la Ciudad debería recibir unos $515.000 millones. La diferencia de $270.000 millones es la que debería contemplar el proyecto de ley de aumento al impuesto al juego que evalúa en estas horas Economía.

2-MONOTRIBUTO TECNOLOGICO

En paralelo a esto se girará al Congreso el proyecto de ley de monotributo tecnológico que está dirigido a los profesionales que facturan sus servicios basados en el conocimiento al exterior y a personas que participen en "competencias de e-sports" (nivel profesional).

Según un borrador del proyecto que circula en Economía y al que tuvo acceso El Cronista, la iniciativa que fija un nuevo esquema tributario y busca que los profesionales que facturen en dólares puedan cobrar en esa moneda. Pero la idea de fondo es incrementar la recaudación de divisas por servicios de exportación no registrados.

La medida no tiene costo fiscal aducen en la Casa Rosada e incluye el "beneficio cambiario" de no liquidar las divisas. Es decir, evita la informalidad y fomenta la registración en el sistema tributario de forma ágil y sencilla, con acceso a obra social. Así, en el Gobierno explican que con esta herramienta se favorece a los pequeños exportadores de SBC/e-gamers (sean autónomos o pequeños grupos).

Se contemplan distintas categorías disponibles de facturación. Esto es, categorías: 1) hasta US$10.000, 2) hasta U$S 20.000 y 3) hasta U$S 30.000 (montos dólares estadounidenses o equivalente). Y según cada categoría (se establece de acuerdo al tope ingresos, y el monto integrado correspondiente a cada una de ellas que se abonará incluye, impuesto a las ganancias, obra social y aportes jubilatorios) y el monto a abonar se corresponde con las categorías establecidas en el Régimen D F y H (Categoría: 1) D, 2) F, 3) H).

El proyecto impulsado es compatible con el Régimen General (IVA, Ganancias y Autónomos), Régimen Simplificado (Monotributo) y Empleados en relación de dependencia, siempre que la inscripción en éstos, sea por desarrollar una actividad diferente a la que alcanza el Mono-Tech.

El ministro de Economía, Sergio Massa 

En el caso de los Monotributistas además del importe que deban abonar por la categoría del Monotributo, deberán pagar por Mono-tech el componente impositivo que le corresponden a las categorías más altas del Monotributo, si están categorizados en I, J y K deberán pagar el monto de impuesto integrado correspondiente a cada una de esas categorías.

En Economía explicaron a El Cronista que "es muy difícil estimar el monto de lo que se proyecta en recaudación por este nuevo impuesto ya que es un sector informal del que hay pocos datos".

3-LEY DE BLANQUEO

El ministro Massa está convencido de la necesidad de dar con una ley de blanqueo de capitales para aumentar las arcas del Estado el año que viene.

De esta manera, el proyecto de ley que elaboró Economía ya está listo para ser girado al Congreso en extraordinarias y contempla la creación del régimen especial de "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado".

Los sujetos alcanzados por esta iniciativa serán personas humanas, sucesiones indivisas y empresas (sujetos comprendidos en el art. 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias). 

En el proyecto redactado por Massa al que accedió El Cronista se establece que los bienes comprendidos son: tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos).

El gobierno impulsa un amplio blanqueo de capitales

Las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación serán: 2,5%, desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo de 2023; 5%, desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 y 7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023.

Se duplican las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación. El proyecto contempla que se entenderá por repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren.

A la vez, la iniciativa prevé un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta USD 50 mil.

Para ello se deberá realizar la declaración voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera que requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.

En el borrador del proyecto quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario (se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva).

Entre los beneficios que se promueven para este blanqueo de capitales se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados. Y se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados. 

Así quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: Impuesto a las Ganancias; impuestos Internos y al Valor Agregado; impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

También en la iniciativa del Gobierno se incorpora como Título VI al Régimen Penal Tributario de la Ley Nº 27.430 el Acuerdo de colaboración como procedimiento para que la AFIP obtenga información de cualquier sujeto residente o no, en la República Argentina, que le permita la detección y/o localización tanto de bienes no declarados, en el país y en el exterior, como de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en el presente Régimen Penal Tributario.

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