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Dos semanas después de que la Cámara de Diputados aprobara la reforma de la Ley de Glaciares (Ley N° 27.804), este viernes el Gobierno promulgó la normativa. Lo hizo a través de la publicación del Decreto 271/2026 en el Boletín Oficial.

En este sentido, se introdujeron cambios centrales en el régimen de protección de los glaciares y ambientes periglaciales en Argentina.

Entre otros puntos, la nueva ley redefinió el alcance de la protección a los cuerpos de hielo, debido a que les otorgó a las provincias la facultad de establecer criterios propios para determinar qué glaciares y zonas se preservarán. Se trata de una demanda sostenida por distritos con actividades mineras o extractivas.

Los puntos claves de la reforma de la Ley de Glaciares que promulgó el Gobierno

El proyecto oficial, que el Congreso convirtió en ley, introduce modificaciones esenciales, que recibieron críticas de asociaciones ambientalistas y de la sociedad civil.

En principio, se cambia el criterio sobre el ambiente periglacial, es decir, los kilómetros que rodean a los gigantes de hielo, que dejan de estar protegidos de forma generalizada. Pasan a resguardarse solo cuando se demuestre que cumple una “función hídrica relevante”. Los puntos principales:

Alcance de la protección

Con la reforma se redefine el objeto protegido, lo que limita la protección a aquellos glaciares y ambientes periglaciales que cumplan “funciones hídricas” específicas, cuya verificación queda en manos de cada provincia.

La Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares.Twitter Diputados

Desplazamiento del control científico nacional

El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), que hasta ahora ocupaba el rol central y científico en la identificación de glaciares, pasa a uno registral. “El Inventario será de ‘ineludible consulta y consideración’ por parte de las provincias sin que ello implique disminución de las atribuciones provinciales”.

Además, se dará intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cuando se trate de zonas fronterizas pendientes de demarcación del límite internacional previo al registro del inventario.

Principio precautorio

Mientras se aplica el principio precautorio, todos los glaciares y las formaciones periglaciales que aparecen en el Inventario Nacional de Glaciares van a estar protegidos por esta ley. Esto se mantendrá así hasta que la autoridad ambiental compruebe que alguno de ellos no cumple con las funciones indicadas en el primer párrafo del artículo 3°.

En tal caso, ese sitio dejará de estar protegido específicamente por esta norma, aunque seguirá bajo la protección general de la Ley General del Ambiente y otras normas vigentes.

Criterio de protección a cargo de las provincias

Con la reforma, cada provincia aplicará criterios propios para determinar qué proteger, en lugar de aplicar estándares científicos homogéneos y mínimos para todo el país, como planteaba la norma hasta ahora.

En la ley anterior, el criterio está definido a nivel nacional.

Cambios en el estudio de impacto ambiental y prohibiciones

Hasta ahora, regían las prohibiciones generales sobre las zonas indicadas. Ahora, se pasa un sistema donde la evaluación de impacto ambiental, caso por caso y en manos provinciales, definirá qué actividades se pueden autorizar.

Protección “revisable”

La reforma transforma la protección estructural y preventiva de los glaciares y su ambiente en una protección condicional y revisable.

Las modificaciones en la Ley de Glaciares.

Ley de Glaciares: el Gobierno defendió la reforma

Luego de que la reforma fuera aprobada con un total de 137 votos afirmativos frente a 111 negativos y tres abstenciones en la Cámara Baja, el Ejecutivo defendió la norma al señalar que “permitirá ordenar el marco normativo”, evitar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental.

“Esta reforma histórica aclara con precisión científica que se debe continuar protegiendo los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que cumplen funciones hídricas, permitiendo, en función de evaluaciones técnico-científicas provinciales, la explotación de los minerales en los terrenos que estaban mal catalogados como glaciares y no formaban parte del objeto protegido de la ley”, indicaron en un comunicado emitido por la Oficina del Presidente.