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La ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social) informó que suspenderán las jubilaciones de los adultos mayores beneficiarios que no demuestren actividad durante un periodo de tiempo determinado.

De esta manera, para evitar la baja de la prestación, los jubilados deberán mantenerse activos para así garantizar la liquidación de los haberes durante el calendario de pagos.

Cuál es el requisito indispensable para cobrar la jubilación de ANSES

Desde el organismo previsional informaron que el cobro de la jubilación podrá ser suspendido en caso el titular no se presente a cobrar el haber durante tres meses seguidos.

En la misma línea, a través de su página oficial explicaron que otros motivos para la suspensión son:

  • Si la cuenta bancaria del beneficiario donde percibe los haberes no registra movimientos en tres meses consecutivos
  • Si se detecta alguna incompatibilidad de cobro
  • Si se ausenta del país por un largo periodo de tiempo y no lo informa

Se recomienda revisar de forma periódica las cuentas bancarias y realizar movimientos mínimos.

Qué hacer si ANSES suspende mi jubilación: paso a paso para pedir la reactivación

Los beneficiarios cuyas jubilaciones hayan sido suspendidas podrán solicitar la reactivación:

Documentos necesarios:

Documentos del representante:

Trámite:

Los titulares deberán solicitar un turno previo para solicitar la reactivación de forma presencial. En caso se resida en el exterior, el reclamo deberá ser hecho por el apoderado, representante o banco apoderado.

Aumento para los jubilados y pensionados: cuánto cobran

ANSES informó que aplicará un aumento de 1,6% a los jubilados, porcentaje derivado de la inflación de junio. De esta manera, el haber previsional mínimo trepará hasta los $ 379.294,79 incluido el bono de $ 70.000.

Fecha de pagos de jubilados y pensionados de julio

Jubilados que cobran la mínima en julio 2025:

  • Documentos terminados en 0: a partir del martes 8 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 1: a partir del jueves 10 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 2: a partir del viernes 11 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 3: a partir del lunes 14 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 4: a partir del martes 15 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 5: a partir del miércoles 16 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 6: a partir del jueves 17 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 7: a partir del viernes 18 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 8: a partir del lunes 21 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 9: a partir del martes 22 de julio de 2025

Jubilados que cobran más que la mínima en julio 2025

  • Documentos terminados en 0 y 1: a partir del miércoles 23 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 2 y 3; a partir del jueves 24 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del viernes 25 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del lunes 28 de julio de 2025
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del martes 29 de julio de 2025