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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió otorgar un plazo adicional a las empresas para que presenten la declaración jurada del impuesto a las Ganancias, aplicable a sociedades que hayan cerrado su ejercicio fiscal anual en diciembre de 2021.

El nuevo plazo será el 23, 24 y 26 de mayo según la terminación del CUIT y la fecha de pago será el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.

De acuerdo a la Resolución General 5189/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, se extiende el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las empresas.

Cómo se hace la presentación

Un dato importante es que los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo "Ganancias personas jurídicas - versión 20.0" que puede descargarse en www.afip.gob.ar/Aplicativos/gciasPersonasFisicasSociedades/default.asp

El organismo recaudador aclara que aquellos contribuyentes que, por error, hayan presentado la declaración jurada en una versión anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión actualizada.

Es que el aplicativo contempla la nueva escala progresiva de impuesto a las Ganancias para las sociedades, aprobada por ley en 2021.

La medida está enmarcada en la estrategia de simplificación y digitalización que lleva adelante la AFIP. En esta lógica, el organismo comenzó a trabajar hace un tiempo en el diseño de los servicios web que, como ocurre con varios impuestos, reemplacen el uso del aplicativo para las futuras presentaciones de declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para sociedades.

La Administración Federal de Ingresos Públicos destaca además que los servicios en línea son compatibles con dispositivos móviles y pantallas táctiles, de modo que no requiere que los usuarios realicen actualizaciones y permite que todos los contribuyentes operen con la misma versión en línea, entre otras ventajas.