

El Gobierno dispone de diferentes medidas con respecto a la licencia de conducir para que los conductores manejen bajo estrictas normas y así evitar accidentes en la vía pública. Ahora bien, existe una medida que obliga a algunas personas a rehacer los exámenes.
Estos tests sirven para comprobar los conocimientos prácticos y teóricos de aquellas personas que quieran obtener el registro para conducir. A pesar de haber aprobado, la norma podría exigirles que vuelvan a pasar por esta instancia.

¿Qué conductores tienen que volver a hacer los exámenes?
Cada licencia de conducir tiene una fecha de vencimiento establecida, por lo que puede renovarse hasta 30 días antes o 90 días después de que se venza.
Cuando el trámite se hace dentro de este plazo, los menores de 65 años, solo tendrán que aprobar un examen psicofísico nuevamente. No obstante, los mayores de 65 deberán rendir tanto el teórico como el práctico otra vez.
Lo mismo ocurre para aquellos que pasen los 90 días con el documento vencido. En ese caso, sin importar la edad, deberán rehacer todos los exámenes como si fuera la primera vez.
En caso de que un conductor pase por un control de tránsito sin la licencia al día, la multa empieza desde los $ 31.510.
¿Cuánto cuesta renovar la licencia de conducir en la Ciudad de Buenos Aires?
El valor de la Licencia Nacional de Conducir varía según la jurisdicción en que se tramite. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, los valores son:
- Costo de solicitud de licencia de conducir: $28.750,00
- CENAT: $6.800,00
- Certificado de Legalidad: Sin costo
Vale destacar que hay excepciones de casos en que los conductores no deberán abonar por el trámite, tal como:
- Veteranos de Malvinas
- Quienes hayan tramitado certificado de pobreza (para clases profesionales)
- Si tu trámite es una renovación, renovación por robo o perdida, renovación por cambio de jurisdicción o canje, y tu único ingreso es una jubilación, o pensión, del régimen jubilatorio ordinario, cuyo monto bruto no supera el Salario Mínimo Vital y Móvil Vigente estarás exento del pago, para ésto deberás presentar el último talón de haberes que lo certifique (original y copia): Debe contener el monto bruto, descuentos realizados, datos del titular y del beneficio. Ya en la sede deberás, además, suscribir una declaración jurada de que dicho haber, es el único percibido.
- Jubilados o pensionados: Deberán presentar, el día del turno, el talón de haberes original (el que expide el Cajero Automático (ATM) es suficiente; si fuese en otro formato, deberá estar firmado y sellado por autoridad competente). El mismo debe ser del último haber percibido y debe constar el detalle de composición del mismo, de donde surja el monto bruto y datos del beneficiario, presentando la credencial física o digital de MiANSES.
- Cursantes del Instituto Superior de la Seguridad Pública: Los cursantes del Instituto Superior de la Seguridad Pública deberán presentar una nota suscrita de la Institución donde surja la necesidad de poseer licencia de conducir.
- Cambio de Género: quienes tramiten una renovación por cambio de datos y quieran hacer constar cambio de género, estarán exceptuados de pago. Para acceder a esta exención solo tendrán que presentar el DNI con el cambio ya realizado en el mismo.
- Personas con Certificado Único de Discapacidad: deberás presentarlo en formato físico o digital.
- Excepción válida para trámites de habilitaciones de conductores, excepto para trámites de duplicados.












