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A partir de ahora, los propietarios de vehículos en Argentina deberán familiarizarse con un nuevo modelo de Título del Automotor.

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicó en el Boletín Oficial la Disposición 901/2025, que introduce cambios en el documento que acredita la propiedad y situación jurídica de los automóviles.

Esta actualización se enmarca en un proceso de modernización del sistema registral automotor, que incluye la implementación del Registro Único Virtual y el fortalecimiento de los sistemas digitales de gestión vehicular.

La Dirección Nacional fundamentó la decisión en la necesidad de que los modelos documentales acompañen “la evolución de los sistemas de gestión y de los estándares de información”, facilitando así su utilización en trámites posteriores y mejorando la claridad para los usuarios del sistema.

Cambia el título automotor: el nuevo trámite que hay que realizar

La modificación principal apunta a unificar la denominación del organismo en todo el documento.

Todos los títulos automotores que se emitan a partir de ahora llevarán la denominación “Registro Nacional de la Propiedad del Automotor”, reemplazando cualquier otra referencia institucional que pudiera existir.

Según la normativa, este cambio busca “asegurar que dicho documento refleje de manera clara, precisa y uniforme los criterios de identificación y denominación vigentes”, además de contribuir a la seguridad jurídica.

¿La nueva medida afecta a todos los vehículos?

El nuevo modelo de Título del Automotor se aplicará tanto a los vehículos que se inscriban por primera vez en el Registro como a aquellos que ya estén inscriptos en el Registro Único Virtual (RUV) a través del sistema RUNA (Registro Único Nacional del Automotor).

La disposición establece que el documento puede ser emitido en formato físico o digital, manteniendo la obligación de consignar todos los datos requeridos por el artículo 20 del Régimen Jurídico del Automotor.

¿Qué deben hacer los propietarios?

Para aquellos que ya tienen su vehículo inscripto y poseen el título anterior, no será necesario realizar ningún trámite inmediato. El cambio aplicará principalmente cuando se realice alguna operación que requiera la emisión de un nuevo título, como:

  • Inscripción inicial de un vehículo nuevo
  • Transferencia de dominio
  • Trámites que requieran la expedición de un nuevo documento

La resolución completa

MINISTERIO DE JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CR... by Cronista.com