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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dispuso este lunes el nuevo precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) para los consumos realizados a partir de julio de 2025. Además, el organismo que encabeza María Carmen Tettamanti, fijó nuevos precios de referencia para la energía eléctrica, la potencia y el transporte en alta tensión para todo el país.

Ambas subas, que fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial, se reflerarán en las boletas que pagan los usuarios.

Aumenta el gas natural: los cambios en el PIST

En primer lugar, la Resolución 282/2025 estableció el nuevo precio del gas natural en el PIST a partir de mañana martes 1 de julio.

La medida impacta en los usuarios residenciales de todo el país y en las empresas productoras, distribuidoras y subdistribuidoras de gas natural que participan en el Plan Gas.Ar.

La norma continúa, según sus considerandos, con el proceso de actualización de precios y tarifas del sector energético, en un contexto de desaceleración inflacionaria. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) deberá reflejar estos nuevos valores en las facturas de los usuarios.

Así, el precio del gas natural en el PIST será trasladado a los usuarios finales conforme a los contratos vigentes en el marco del Plan Gas.Ar, aprobado por el Decreto 892/2020 y sus modificatorios. La resolución instruye a ENARSA, a las empresas productoras y a las distribuidoras y subdistribuidoras de gas natural a adecuar sus contratos en un plazo de cinco días desde la publicación de la medida y presentarlos ante la Secretaría de Energía y el ENARGAS.

El texto añade que la política de subsidios generalizados implementada en años anteriores resultó "incompatible con la situación financiera por la que atraviesan las cuentas públicas", lo que llevó al Estado nacional a limitar su intervención en el sostenimiento de los precios.

La resolución también establece que las tarifas de transporte y distribución de gas natural deberán incrementarse conforme a los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales realizadas por el ENARGAS y de acuerdo con las pautas fijadas por el Ministerio de Economía. Además, se mantiene la focalización de subsidios en los usuarios de menores ingresos, con topes de consumo y bonificaciones diferenciadas.

El texto oficial instruye al ENARGAS a "disponer las medidas necesarias a fin de que las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución y subdistribución de gas por redes de todo el país reflejen el precio de gas natural en el PIST establecido en la presente resolución", con la salvedad, en los casos que corresponda, de las bonificaciones establecidas por la Resolución N°24 de fecha 29 de enero de 2025, de la mencionada secretaría.

La medida se enmarca en la prórroga de la emergencia del sector energético nacional, extendida hasta el 9 de julio de 2026, y en la continuidad del período de transición hacia subsidios energéticos focalizados. La Secretaría de Energía fundamenta la decisión en la necesidad de "mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para seguir garantizando la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías".

Sube la luz: los dos índices que se actualizan en julio

El Gobierno también actualizó los precios de la electricidad para el segundo semestre de 2025. La medida, formalizada mediante la Resolución 281/2025 y publicada este lunes 30 de junio en el Boletín Oficial,regirá entre el 1° de julio y el 31 de octubre de 2025.

La decisión afecta a todos los usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF), así como a las empresas distribuidoras y cooperativas eléctricas de todo el territorio nacional.

La norma señala que se continúan llevando adelante las acciones necesarias para ajustar los precios y tarifas del sector energético. El objetivo, según el texto, es "mantener los precios y tarifas del sector en valores reales lo más constantes posibles, y de evitar así un proceso de deterioro de los mismos que no permitan el sustento del sector y hasta amenacen su continuidad".

De acuerdo a la resolució, todos los agentes citados deberan aplicar los nuevos Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) definidos en los anexos. Estos valores serán la base para la confección de los cuadros tarifarios que impactarán en las facturas de los usuarios finales. Además, se fijan los valores correspondientes al Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y a la Distribución Troncal para cada agente distribuidor.

Esta resolución también contempla los usuarios de bajos recursos y mantiene vigentes los subsidios para quienes corresponda.

En ese sentido, la norma aclara que "para el consumo base de los usuarios residenciales Nivel 2 y Nivel 3, se aplicarán las bonificaciones establecidas por esta Secretaría como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº 465/24 al valor consignado a los usuarios residenciales Nivel 1, como así también el límite de consumo de la categoría por sobre el cual se aplicará un precio diferenciado, si correspondiere".

La resolución instruye a los agentes prestadores del servicio público de distribución a respaldar los volúmenes de energía eléctrica adquiridos con la validación de los entes reguladores o autoridades locales competentes en cada jurisdicción.