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La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos máximos que se podrán transferir a partir del próximo semestre, ya sea a través de entidades financieras o billeteras virtuales.

En caso de superar estos límites y con el objetivo de prevenir las maniobras de evasión o lavado de dinero, el organismo iniciará una investigación para fundamentar el origen de los fondos.

ARCA investigará todas las transferencias que superen estos montos


La ex AFIP determinó cuáles son los montos máximos que podrán enviar los usuarios sin necesidad de ser investigados.

De ahora en más, las transferencias o acreditaciones, ya sea en bancos o billeteras virtuales, podrá superar los $ 50.000.000 para personas físicas.

Los nuevos límites serán:

Transferencias o acreditaciones:

  • Personas físicas: $ 50.000.000

  • Personas jurídicas: $ 30.000.000

Extracciones en efectivo:

  • Ambos casos (físicas y jurídicas): $ 10.000.000

Saldos bancarios:

  • Personas físicas: $ 50.000.000

  • Personas jurídicas: $ 30.000.000

Plazos fijos:

  • Personas físicas: $ 100.000.000

  • Personas jurídicas: $ 30.000.000

Billeteras virtuales:

  • Personas físicas: $ 50.000.000

  • Personas jurídicas: $ 30.000.000

Sociedades de bolsa:

  • Personas físicas: $ 100.000.000

  • Personas jurídicas: $ 30.000.000

Compras como consumidor final:

  • Límite para ambos: $ 10.000.000

Si realizás una compra o recibís una transferencia por debajo de estos montos, no deberías tener inconvenientes ni estar obligado a justificar nada de forma inmediata.

Qué documentación pide ARCA para justificar una transferencia


Para evitar caer en una investigación por parte de ARCA deberá contar con la siguiente documentación, en caso de superar los montos fijados, para demostrar el origen legal de los fondos:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes
  • Declaraciones juradas de impuestos
  • Facturación en caso de autónomos o monotributistas
  • Contratos de compraventa
  • Certificados de ingresos firmados por contadores
  • Extractos bancarios

ARCA definió qué transferencias pagarán impuestos en Argentina y cuáles no


El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que las transferencias inmediatas que realicen los "Usuarios Finales de Servicios Financieros" son gratuitas.

También depende si es la misma persona humana o jurídica, la que envía y recibe la transferencia. Otro caso gratuito será si lo realizan desde o hacia cuentas a la vista de uso judicial.

¿Quiénes tendrán que pagar impuestos?

El organismo fiscal definió cuáles serán las transacciones que deberán abonar un adicional a ARCA:

Tipo de transferenciaTransferencias inmediatas en generalPagos realizados mediante transferencia
¿Quién paga la comisión?Quien envía la transferencia (cliente ordenante).Quien recibe la transferencia (comercio, cliente receptor).
¿Cuándo son gratuitas?- Las realicen Usuarios finales de servicios financierosComercio pequeño: Gratis 3 meses
- Si es la misma persona humana o jurídica (que envía y recibe la transferencia)hasta 1.000 UVA acumulado
- Se realicen desde o hacia cuentas a la vista uso judicialmensual en pesos y 1.000 dólares
- Microempresas: Gratis hasta 7.500estadounidenses o euros.
UVA acumulado mensual en pesos y
hasta 6.000 dólares estadounidenses o
euros.
PrecioPrecios no proporcionales definidos por el proveedor de la cuenta.- Precio Máximo: 0,8%
- Los administradores pueden fijar precios
menores por actividad.