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Además de encargarse de los pagos de haberes de jubilados y beneficiarios, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) también brinda la posibilidad de obtener un crédito de hasta $400.000 para trabajadores en relación de dependencia.

Este préstamo alcanza a las personas que tienen ingresos de hasta $ 700.000 mensuales y se puede pedir mediante la página oficial del organismo previsional.

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ANSES: ¿Cómo se puede pedir el crédito de $ 400.000 para trabajadores?

En agosto, el ministro de Economía, Sergio Massa, anunció una serie de medidas, entre las cuales se encuentra un crédito de $ 400.000 para trabajadores que se encuentran en relación de dependencia.

Este préstamo tiene con una tasa subsidiada del 50% anual por el Estado Nacional que se pueden devolver en 24, 36 o 48 cuotas. Se puede acceder mediante la página oficial de ANSES, de lunes a viernes hasta las 20 horas.

Entérate todo lo que debés saber sobre el nuevo crédito de ANSES. (Foto: archivo)
Entérate todo lo que debés saber sobre el nuevo crédito de ANSES. (Foto: archivo)

¿En qué se puede gastar el préstamo de ANSES para trabajadores en relación de dependencia?

El crédito que otorga ANSESpermite al solicitante saldar deudas con la tarjeta de crédito o realizar consumoscon la tarjeta. Este saldo no puede ser retirado en efectivo o utilizarse para ahorro.

También hay que tener en cuenta que al adquirir el crédito no vas a poder comprar moneda extranjera hasta cancelar la totalidad del mismo.

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¿Qué necesito para poder solicitar el crédito de $ 400.00 de ANSES?

Para poder acceder al crédito de ANSES es necesario cumplir con los siguientes requisitos.

  • Residir en la Argentina en forma permanente.
  • Tener una antigüedad en tu trabajo no menor a 6 meses.
  • Ser trabajadora o trabajador en relación de dependencia aportante a la ANSES.
  • Tu sueldo no debe ser mayor a los $ 700.875 mensuales.
  • Ser titular de una tarjeta de crédito del banco donde cobrás tu sueldo.
  • Ser mayor de 18 años y no alcanzar la edad jubilatoria al momento de cancelación total del crédito.
  • No superar la situación 2 de la Central de Deudores del Banco Central.
  • No ser titular de una jubilación o pensión.
  • No ser trabajadora o trabajador eventual, discontinuo, de temporada o de casas particulares.