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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se prepara para el calendario de pagos de agosto y confirmó la entrega de un bono de $ 322.000 a un grupo de beneficiarios.
El organismo previsional definió además un aumento del 1,6% -en base con el Índice de Precios al Consumidor (IPC)- sobre las jubilaciones, pensiones y todas las principales prestaciones sociales.
ANSES pagará un bono de $322.000: ¿quiénes lo cobran?
En ese contexto, la ANSES incrementó el monto de uno de sus principales refuerzos: la Prestación por Desempleo. Esta ayuda económica esta destinada a los trabajadores en relación de dependenciaque fueron despedidos sin causa justificada o estén en situación de desempleo.
El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) determina los montos que se acreditarán de forma mensual para la Prestación por Desempleo. Con la actualización del SMVM en agosto, así quedarán los nuevos montos:
- Monto mínimo: la prestación mensual nunca será inferior al 50% del salario mínimo vigente, que será de $ 161.000.
- Monto máximo: no puede superar el 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, que llegará a $ 322.000.

Prestación por desempleo ANSES: los requisitos para cobrar el extra en agosto
Para acceder al pago, el único requisito es realizar el trámite dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral:
- Trabajadores en relación de dependencia permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales o de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, previo a la finalización del trabajo.
La cantidad de cuotas, así como también el monto final de cada una de ellas, variará según los ingresos del solicitante y los meses que aportó en los últimos tres años.
La gestión se realiza de forma presencial en los puntos de atención ANSES o de forma virtual mediante el sitio oficial del organismo. Si se hace a distancia, es necesario contar con la Clave de la Seguridad Social y utilizar el servicio Atención Virtual.
Necesitarás contar con:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

El trámite para solicitar la Prestación por Desempleo puede realizarse de dos maneras:
Online (Atención Virtual): Ingresando a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, y buscando la opción de "Atención Virtual" o "Prestación por Desempleo".
Presencial: Solicitando un turno previo en la página web de ANSES y presentándote en una de las oficinas con toda la documentación requerida.















