

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció un pago de $ 130.000correspondiente a la Ayuda Escolar Anual para el mes de febrero de 2025.
Este beneficio está destinado a ayudar a las familias con hijos en edad escolar y busca aliviar los gastos asociados al inicio del nuevo ciclo lectivo 2025.
Nuevo extra: qué es la Ayuda Escolar Anual
La Ayuda Escolar es un extra que se proporciona una vez al año a diversos grupos de beneficiarios para aportar a los gastos relacionados con el ciclo lectivo.
La ayuda es clave para poder disminuir el impacto económico que conlleva la compra de útiles, uniformes y diversos materiales para el inicio de las clases.

¿Quiénes pueden acceder al bono de $ 130.000?
Los beneficiarios podrán cobrar $ 130.701 por medio de la asignación de pago único de forma automática, si se encuentran en los siguientes grupos:
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Monotributistas.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Otros beneficiarios de prestaciones sociales.
¿Cuáles son los requisitos clave para recibir la Ayuda Escolar Anual?
Los solicitantes de los siguientes grupos deberán reunir las siguientes condiciones para poder cobrar elextra en febrero:
- Los hijos deben tener entre 45 días y 17 años inclusive.
- Los hijos deben asistir a establecimientos educativos públicos o privados reconocidos por el Ministerio de Educación.
- Es necesario presentar el formulario PS 2.68 de Escolaridad, que puede completarse en línea en la página de ANSES o en sus oficinas.

¿Cuándo se cobra la Ayuda Escolar Anual?
Los pagos se efectúan de manera masiva en marzo. Las familias que ya han percibido la Ayuda Escolar en años anteriores recibirán el pago de manera automática. Sin embargo, es obligatorio presentar anualmente el certificado de escolaridad para continuar accediendo al beneficio.
Para los que nunca recibieron la Ayuda Escolar deben completar el trámite y presentar el formulario correspondiente. Después de esto, el pago se acreditará en un plazo de 60 a 90 días.












