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La Administración Nacional de Ingresos Públicos (AFIP) informó a través de la Resolución General 5246 que los grandes contribuyentes que soliciten una reducción del pago anticipado de impuestos a las ganancias tendrán que realizar un trámite especial para acceder al beneficio.

Los contribuyentes que soliciten el pedido de reducción de ganancias, que informen sobre el período fiscal, especifiquen el nuevo monto de la ganancia proyectada y presenten la documentación que respalde dicha proyección, tendrán que realizar un nuevo procedimiento.
¿Cómo es el nuevo procedimiento para reducir el impuesto a las Ganancias?
Las personas que lo soliciten deberán presentar su pedido con una anticipación mínima de 60 días corridos antes de que venza el último anticipo del período fiscal. Luego de realizar la petición, el organismo tributario evaluará la solicitud y podrán pedir a los grandes contribuyentes que presenten documentación adicional que consideren necesaria para la admisión.

¿Quienes pueden solicitar la reducción del pago anticipado de impuestos a las ganancias?
Los contribuyentes que pueden solicitar la reducción del pago anticipado de impuestos a las Ganancias son quienes cuenten con un monto base de 50 millones de pesos, soliciten una reducción que represente más del diez por ciento y justifiquen previamente su solicitud.
En el caso que la AFIP apruebe la solicitud, la entidad tendrá un tiempo máximo de 60 días corridos desde la presentación de la solicitud para registrar la aprobación de la misma en las bases del sistema "Cuentas Tributarias", para disminuir la suma total de los anticipos del período fiscal del cual se trate. El organismo también se comprometió a que desde el momento de la aprobación de la solicitud, el beneficio tendrá efecto en el primer vencimiento.
Cabe recordar que en diciembre del año pasado, la Administración Nacional de Ingresos Públicos alertó que solo el 43% de las empresas que pidieron la reducción del impuesto al anticipo de Ganancias pudo justificar su solicitud.
Bienes Personales y Ganancias
La AFIP también anunció que extendió los plazos para poder cancelar los impuestos a las Ganancias hasta el 30 de septiembre. Además, los contribuyentes que apliquen podrán pagar Bienes Personales con un pago a cuenta de 25% y hasta en 3 cuotas.













