La Comisión Nacional de Valores (CNV), en línea con los objetivos de desburocratización que tiene en mira el Poder Ejecutivo, puso en marcha en los últimos días un paquete de medidas orientadas a "simplificar" y modernizar el marco normativo del mercado de capitales argentino.

En el último año y medio, la CNV ha implementado normativas innovadoras, entre las que se destacan la tokenización, las ofertas públicas automáticas, oferta privada y la regulación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

El propósito fundamental de estas prácticas, incluyendo la modernización del sistema, es reducir trámites, eliminar requisitos considerados obsoletos y facilitar el acceso de emisores e inversores sin perder la protección necesaria para el público inversor.

En la práctica, las novedades clave de los últimos días se concentran tres Resoluciones que tienen dos objetivos marcados:

  1. Las resoluciones 1082/2025 y 1083/2023 implementaron procedimientos de autorización automática, tanto para Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos y lo mismo para los regímenes de emisión de Acciones por Bajo y Mediano Impacto respectivamente.
  2. La resolución 1084/2025 con la simplificación del régimen de fideicomisos financieros que veremos más adelante.

Primero, la aprobación de regímenes de autorización automática para determinados instrumentos y emisores pensados para acelerar trámites administrativos, como FCI abiertos con características similares a otros ya aprobados.

Mediante la Resolución General 1082/2025 la CNV introduce un mecanismo por el cual un fondo nuevo que sea esencialmente equivalente a otro ya administrado por la misma sociedad gestora puede autorizarse con requisitos acotados y de forma automática.

Será importante para este trámite, el reglamento de gestión de un FCI no tenga cambio en sus objetivos ni en la política de inversión para lograr la autorización automática. Esto claramente evita duplicar trámites ya realizados, agilizando la autorización y reduciendo costos administrativos.

Segundo, la modificación del régimen de emisión de acciones bajo la Oferta Pública Automática estructurada a partir de la Resolución General CNV 1083/2025 a través de la cual se exceptúa a emisores ya admitidos al Régimen General cumplimentar ciertos requisitos por considerarlos de Bajo y Mediano Impacto.

En concreto, la norma establece que las emisoras con cumplimiento vigente de su régimen informativo podrán ofrecer sus acciones tanto a inversores calificados como no calificados, sin necesidad de un panel diferenciado, manteniendo únicamente las obligaciones de transparencia y de información ya previstas en la Ley de Mercado de Capitales. Para un emisor, esto significa menos barreras para salir a captar recursos, para el inversor minorista, potencialmente más oferta de instrumentos, pero también una mayor responsabilidad para evaluar riesgos.

Por último, la CNV modifica y agiliza los procesos de autorización, inscripción y registración de fideicomisos financieros a través de la Resolución General 1084/2025. El cambio implica una reducción de 124 a 87 artículos, lo que representa un fuerte recorte normativo y una simplificación que apunta a dinamizar un vehículo clave para el financiamiento estructurado.

Entre las principales modificaciones, se eliminan restricciones innecesarias como la numeración obligatoria de series en programas globales, suprime la exigencia de certificaciones sobre la documentación, salvo la información contable, y reemplaza los estados contables trimestrales de los fiduciarios por reportes más operativos.

En el último año y medio, la CNV ha implementado normativas innovadoras, entre las que se destacan la tokenización, las ofertas públicas automáticas, oferta privada y la regulación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

Asimismo, posibilita como regla general, la celebración de asambleas a distancia, optimiza las condiciones de inscripción de los fiduciarios financieros limitando la permanencia en el registro a quienes no actúen durante dos ejercicios consecutivos y moderniza los procesos de información a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF), habilitando además la representación digital de los valores fiduciarios.

¿Qué implica todo esto para el público inversor? La simplificación normativa trae consigo un doble efecto. Por un lado, se espera una mayor oferta de instrumentos y un acceso más rápido al mercado, lo que genera nuevas oportunidades de inversión. Sin perjuicio de ello, destaco que, la abundancia de productos exige una evaluación más rigurosa, ya que pueden coexistir calidades y riesgos muy dispares.

Por otro lado, la agilización de trámites no disminuye la necesidad de información clara y verificable: menos requisitos formales no equivalen a menor diligencia, sino que refuerzan la obligación de analizar prospectos y condiciones. Mientras los actores institucionales probablemente se adapten con rapidez, los minoristas necesitarán mayor acompañamiento en materia de educación financiera. Cabe destacar que la CNV mantiene las facultades de realizar revisiones, auditorías y de imponer sanciones en caso de que se detecte cualquier incumplimiento, todo esto en línea con su objetivo de preservar la confianza del público inversor.

En suma, la reforma y simplificación normativa abre el juego a más opciones de financiamiento e inversión, pero también plantea un escenario que requiere prudencia y capacidad analítica reforzada. Existe en estas resoluciones un ímpetu de difundir el acceso al mercado de capitales fomentando el desarrollo económico, lo cual es a todas luces un signo de progreso y madurez para la economía de nuestro país.

Sin perjuicio de que a priori el resultado preliminar ya es positivo, el juego de los actores (regulador, emisoras y público inversor) definirá el éxito de estas nuevas regulaciones.