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Impuesto a la Renta: hasta este día tienes tiempo de hacer tu declaración sobre 2024

DIAN compartió los plazos para que los contribuyentes presenten y paguen el impuesto sobre la renta. ¿Cuáles son las fechas límites?

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Iniciado el 2025, muchos colombianos ya están calculando los gastos y pagos que se avecinan, especialmente con los incrementos económicos previstos a nivel nacional. 

Uno de los pagos obligatorios más importantes es la Declaración de Renta, un proceso que genera incertidumbre para muchos, especialmente por las fechas límite y las posibles complicaciones al momento de cumplir con esta obligación tributaria. ¿Hasta qué día hay tiempo de realizar el trámite?

Impuesto a la Renta 2025: ¿hasta cuándo hay tiempo de declarar?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció los plazos para que los contribuyentes presenten y paguen el Impuesto sobre la Renta y complementario del año gravable 2024. Dependiendo de la categoría del contribuyente, estos plazos varían:

Personas naturales y sucesiones ilíquidas

Las personas naturales deberán presentar la declaración entre el 11 de agosto y el 23 de octubre de 2025, según los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT)

Es importante destacar que este grupo también incluye a las personas naturales que residen en el exterior, quienes deben seguir los mismos plazos para el cumplimiento de su obligación

DIAN solicita a los contribuyentes estar informados sobre los plazos establecidos.

Personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial

Este grupo debe presentar su declaración en dos cuotas. La primera cuota deberá pagarse entre el 9 y el 22 de mayo de 2025, y la segunda entre el 9 y el 22 de julio de 2025

Grandes contribuyentes

Las grandes empresas, como instituciones financieras y aseguradoras, deben liquidar un anticipo del impuesto para el año gravable 2025. Este pago se divide en dos cuotas: la primera entre el 9 y el 22 de abril de 2025, y la segunda entre el 10 y el 23 de junio de 2025.

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¿Qué sucede con los no residentes con Presencia Económica Significativa?

Las entidades y personas no residentes que tengan Presencia Económica Significativa (PES) también están sujetas a pagos anticipados bimestrales, que deben realizarse en los días hábiles correspondientes a marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente. 

Las fechas para los pagos anticipados bimestrales para 2025 comienzan en marzo, siendo el primero hasta el 14 de marzo de 2025

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