El fallecimiento de un ser querido no solo conlleva un proceso emocional complicado, sino que también implica trámites legales y financieros que generan confusión y dudas. Una de las interrogantes más comunes es qué sucede con las deudas pendientes del difunto y si los familiares tienen la obligación de asumir esos pagos con sus propios recursos.
Según la Federal Trade Commission (FTC), como norma general, las deudas no se cancelan automáticamente con el fallecimiento de una persona: se transfieren a su herencia y se saldan con esos activos. No obstante, la entidad explica que los familiares generalmente no están obligados a pagar de su propio bolsillo y que, en el caso de que la herencia no sea suficiente para liquidar las deudas, estas suelen quedar sin saldar, excepto en circunstancias específicas definidas por la legislación.
¿Quién tiene la responsabilidad de saldar las deudas de un familiar que ha fallecido?
De acuerdo con la información proporcionada por la Federal Trade Commission, las obligaciones financieras del difunto se saldan utilizando los fondos o los activos que componen su herencia o sucesión. El responsable de gestionar esos recursos es el albacea indicado en el testamento o, en su defecto, un administrador designado por la corte. Esta persona es la encargada de satisfacer las deudas correspondientes, de acuerdo con la jerarquía estipulada por la legislación estatal.
La FTC enfatiza que, en términos generales, los familiares no asumen responsabilidad personal por las deudas, aunque señala que existen excepciones. Podría haber responsabilidad si alguna persona firnó conjuntamente un préstamo, si el cónyuge reside en un estado que adopta un régimen de bienes gananciales como California, si la legislación estatal exige el pago de ciertas deudas médicas del cónyuge, o si el administrador de la sucesión no cumple con las normas sucesorias.
Ante cualquier incertidumbre, se sugiere recurrir a un abogado o a entidades de asistencia legal sin costo.
Cuándo pueden comunicarse contigo las obligaciones financieras de un familiar fallecido
La Federal Trade Commission indica que la normativa protege a las familias contra prácticas abusivas o engañosas por parte de cobradores de deudas. Según la Ley de Cobranza Imparcial de Deudas (FDCPA), los cobradores pueden discutir la deuda del fallecido únicamente con ciertas personas: el cónyuge, los padres (si el individuo era menor de edad), el tutor, el abogado, el albacea, el administrador de la herencia o los herederos confirmados de bienes inmuebles.
Adicionalmente, los cobradores tienen prohibido realizar llamadas antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m., no pueden comunicarse en el trabajo si usted se opone y deben cumplir con las solicitudes de no contacto a través de correo electrónico o mensajes de texto.
Finalmente, también se les exige proporcionar una “información de validación” que incluya el nombre del cobrador, el monto adeudado, el acreedor original y los procedimientos para disputar la deuda.