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La Administración del Seguro Social (SSA) detalla en su sitio web oficial cuáles son las circunstancias donde las diferentes prestaciones pueden cancelarse de manera temporal para saldar otras obligaciones pendientes.

En conformidad con las normativas judiciales y administrativas que se tomen, y de acuerdo con las diferentes leyes vigentes, el Seguro Social, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Departamento del Tesoro pueden confiscar-según corresponda en cada caso- parte o la totalidad de los beneficios para resolver lo adeudado.

Pagos del Seguro Social en pausa: por ley se cancelan a ciudadanos y extranjeros que hayan hecho esto

Los ciudadanos y residentes tributantes que tengan obligaciones pendientes ya sea de índole fiscal o de otro tipo pueden estar sujetos a medidas severas tanto de SSA, como del Servicio de Impuestos Internos (IRS) o del Departamento del Tesoro.

Los beneficios del Seguro Social pueden ser confiscados para saldar deudas pendientes. Fuente: archivo.
Los beneficios del Seguro Social pueden ser confiscados para saldar deudas pendientes. Fuente: archivo.Fuente: narrativas-spin-us

Leyes que pueden impactar en los beneficios del Seguro Social

“El Seguro Social está obligado a retener dinero de los beneficios cuando el tribunal nos envía una orden judicial de embargo”, afirman las autoridades.

Bajo la Sección 459 de la Ley del Seguro Social, SSA a retener los pagos de quienes deban cumplir con la obligación legal de pagar la manutención infantil, la pensión alimenticia o restitución.

Por su parte, la Sección 1024 de la Ley de Alivio al Contribuyente de 1997 permite al Servicio de Impuestos Internos (IRS) retener hasta el 15% de los beneficios en cada período de pago con el fin de saldar deudas tributarias vencidas. Esto se repetirá mes a mes hasta que se cubran en su totalidad.

Finalmente, la Ley de Mejora de Cobro de Deudas de 1996 permite al Tesoro retener los pagos para resolver deudas no tributarias pendientes con otras agencias federales.