

Una nueva disposición en California modifica un aspecto clave de la Ley de Alquileres y la relación entre propietarios e inquilinos. La normativa establece que, a partir de ahora, el propietario puede desalojar a su arrendatario a pesar de no haber renovado el alquiler.
Esta protección forma parte de la política vigente para viviendas residenciales alcanzadas por la Ley de Protección de Inquilinos. La regla central indica que, después de cierto tiempo de ocupación, el dueño debe tener una causa legal válida para terminar la tenencia.
La ley de alquileres en California impide el desalojo a pesar de no haber renovado el contrato
La Fiscalía General de California explica, según la Ley AB 1482, que los inquilinos del estado pueden estar protegidos frente a ciertos tipos de desalojos. Esa protección alcanza a muchas viviendas residenciales y se basa en el principio de causa justificada.
El Código Civil de California dispone que, una vez cumplidos 12 meses de ocupación continua y legal, el propietario no puede terminar la tenencia sin una causa justificada informada por escrito. Por eso, el simple vencimiento del contrato o la falta de renovación no alcanzan, por sí solos, en los casos cubiertos por la norma.

La ley distingue entre causas atribuibles al inquilino y causas no atribuibles a su conducta. Entre estas últimas aparecen supuestos como la ocupación por parte del propietario o de ciertos familiares directos, siempre bajo las condiciones previstas por la legislación.
En qué casos no se puede aplicar esta ley
La guía oficial de la Fiscalía General señala que la exigencia de causa justificada no rige para inquilinos que lleven menos de un año en la vivienda.
Tampoco alcanza a ciertos tipos específicos de propiedades. Entre las excepciones figuran, por ejemplo, algunas viviendas construidas en los últimos 15 años, según el cálculo móvil previsto por la norma estatal.
Esto significa que el alcance de la protección depende del tipo de inmueble y del tiempo de ocupación.
Cuándo el propietario puede avanzar con un desalojo
La normativa permite terminar la tenencia cuando existe una causa legal reconocida. En los casos de incumplimientos corregibles, la ley exige primero una notificación que permita subsanar la falta antes de avanzar hacia el desalojo.

Cuando la finalización responde a una causa no atribuible al inquilino, la legislación también prevé asistencia de reubicación o la exención del último mes de alquiler. Además, esa información debe figurar en la notificación escrita entregada al ocupante.












