

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos obliga ahora a ciertos negocios financieros en cuatro estados fronterizos a reportar al Gobierno federal todas las transacciones en efectivo de u$s 1.000 o más.
La medida, emitida por FinCEN y vigente hasta el 2 de septiembre de 2026, afecta a casas de cambio, remesadoras y negocios de cobro de cheques en condados específicos de Arizona, California, Nuevo México y Texas.
La orden fue renovada el 6 de marzo de 2026 y forma parte de la estrategia federal para desarticular el financiamiento de los cárteles designados como organizaciones terroristas en 2025.
Según FinCEN, estos negocios son especialmente vulnerables al lavado de dinero vinculado al tráfico de drogas, personas y armas en la frontera sur.
¿Qué estados y negocios deben reportar transacciones de u$s 1.000?
La orden no aplica a cualquier comercio: solo alcanza a los money services businesses (MSB), negocios cuya actividad principal involucra manejo de efectivo. El umbral de reporte baja del estándar federal de u$s 10.000 a u$s 1.000 para todas las operaciones realizadas en las zonas cubiertas.
Áreas cubiertas por la orden
Arizona: condados de Maricopa, Pima, Santa Cruz y Yuma
California: códigos postales específicos de Imperial County y San Diego County
Nuevo México: condados de Bernalillo, Doña Ana y San Juan
Texas: condados de Cameron, El Paso, Hidalgo, Maverick y Webb
Los negocios alcanzados incluyen casas de cambio, establecimientos de cobro de cheques, vendedores de money orders, proveedores de acceso prepago, empresas de transferencia de dinero y el Servicio Postal de EE.UU.

¿Qué consecuencias tienen estas transacciones de u$s 1.000 para clientes y negocios?
Para los clientes, cualquier operación en efectivo de u$s 1.000 o más en estos negocios quedará registrada en un Reporte de Transacción en Efectivo que la empresa debe presentar ante FinCEN en un plazo de 30 días.
Incluye retiros, depósitos, cambios de divisas y transferencias. El reporte implica trazabilidad, no una investigación automática.
Para los negocios, el incumplimiento tiene consecuencias severas: multas civiles de hasta u$s 286.184 por violación y sanciones penales de hasta u$s 250.000 y cinco años de prisión.
Los negocios que no estaban bajo la orden anterior tienen plazo hasta el 6 de abril de 2026 para adecuarse. Todos los registros deben conservarse por al menos cinco años.













