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El SAT cobrará multas de hasta 35,000 pesos a quienes reciban dinero de sus familiares y no cumplan con esta condición

Los usuarios que incumplan con los límites establecidos por el organismo recaudador podrían enfrentar una sanción económica.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México cobrará una jugosa multa a todos aquellos mexicanos que reciban de sus familiares transferencias bancarias que no sean informadas ante el organismo.

La entidad gubernamental que tienen por objetivo no sólo recaudar impuestos sino también conducir a los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, establece una serie de condiciones que deben reunir los ciudadanos para evitar la aplicación de sanciones económicas

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¿En qué casos aplica multas el SAT?

El SAT establece un mínimo establecido para que aquellos clientes que reciban por parte de un familiar una transferencia bancaria lo informen ante las autoridades correspondientes.

Quienes realicen transferencias superiores al límite establecido podrían recibir multas de hasta 35,000 pesos. Foto: Archivo.

El organismo recaudador del territorio azteca envía esta alerta a los contribuyentes del país ya que se trata de una práctica muy común entre familiares o personas allegadas.

Concretamente, los montos por los que es fundamental notificar al SAT para evitar multas ascienden a los 600,000 pesos. En caso de recibir transferencias superiores sin haber declarado los ingresos podría percibirse una multa de hasta 35,000 pesos.

Otros movimientos que deben notificarse al SAT

El organismo tributario mantiene un control estricto de los límites que pueden sobrepasar los contribuyentes al operar tanto en efectivo como en las terminales bancarias.

Los depósitos a cuentas bancarias que superen los 15,000 pesos se encuentran sujetos a ser investigados por el SAT. Esto no significa que montos inferiores no sean vigilados por la institución. Sin embargo, se alerta a los cuentahabientes por los mínimos y máximos establecidos.

En la misma línea, el SAT establece un límite a la cantidad de dinero que se maneja en efectivo, con el cual se busca fomentar la formalidad en las operaciones y el combate de la evasión fiscal. Para quienes los superen, podrían ser acreedores de sanciones económicas.

Para determinar este mínimo, el organismo toma como referencia la Unidad de Medida y Actualización (UMA), una herramienta creada hace casi una década para sustituir el uso del salario mínimo en el cálculo de multas y otros pagos. 

El valor que rige para la UMA hasta el 1 de febrero de 2025 es de 108.57 pesos mexicanos por día. Teniendo en cuenta este último dato, los límites establecidos en el uso de efectivo para evitar sanciones son los siguientes:

Compraventa de inmuebles

  • UMA: 8,025

  • Monto en pesos: 871,274.25 pesos.

Compraventa de vehículos (nuevos o usados, aéreos, marítimos o terrestres)

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

Compraventa de relojes, joyería, metales preciosos, piedras preciosas (por pieza o lote) y obras de arte

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

Adquisición de boletos para juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como pago de premios derivados de estos

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

Servicios de blindaje

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

Compraventa de acciones o partes sociales

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

Arrendamiento de inmuebles y vehículos

  • UMA: 3,210

  • Monto en pesos: 348,509.70 pesos.

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