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El trámite de la Declaración Anual despertó inquietudes entre millones de jubilados en México, sobre todo entre quienes reciben la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Desde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) llaman a los adultos mayores a cumplir con las obligaciones fiscales.

Aunque suele pensarse que el cobro de la pensión está exento de impuestos, en realidad su tratamiento fiscal depende del monto percibido y de las reglas del organismo fiscal. Esto quiere decir que sí existen situaciones específicas en las que hacerlo es necesario para evitar sanciones.

El SAT sancionará y penalizará con 173,000 pesos a los mexicanos que no hayan realizado este trámite obligatorio (foto: archivo).

Conoce cuáles son los pensionados que están obligados a presentar la declaración anual y evita inconvenientes con las autoridades.

¿Qué jubilados están exentos de declarar los impuestos?

Según la normativa vigente, las pensiones están exentas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hasta cierto límite: 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2026 equivale a poco más de 50,000 pesos mensuales.

Esto implica que, si una persona:

  • Solo recibe ingresos por pensión
  • Y no supera ese monto

En la mayoría de los casos no deberá pagar ISR ni presentar la Declaración Anual. Esta regla aplica tanto para jubilados del IMSS como del ISSSTE.

¿Quién está obligado a presentar la declaración anual de 2026?

El SAT establece varios supuestos en los que sí existe la obligación:

  1. Si la pensión rebasa el límite exento: cuando los ingresos mensuales superan las 15 UMA, el excedente paga ISR y debe declararse.
  2. Si los ingresos anuales superan los 400,000 pesos: aunque provengan únicamente de pensión, rebasar este monto activa la obligación.
  3. Si se reciben dos o más pensiones: por ejemplo, quienes cobran del IMSS y del ISSSTE al mismo tiempo, ya que el límite exento no se duplica.
  4. Si hay ingresos adicionales: como rentas, actividad profesional, negocios o intereses bancarios. En estos casos, todos los ingresos se suman para efectos fiscales.

¿Qué pasa si no declaramos?

No cumplir con esta obligación fiscal puede derivar en multas o recargos por parte del SAT, especialmente si el contribuyente estaba obligado. Por ello, es recomendable analizar cada caso de forma individual.

Las autoridades dejan en claro que la declaración voluntaria puede resultar en un saldo a favor, sobre todo si se aplican deducciones personales o hubo retenciones indebidas.