

La normativa de tránsito establece que manipular un celular, reproducir música a alto volumen o utilizar dispositivos electrónicos mientras el vehículo está en movimiento será sancionado, sin distinción entre automóviles y motocicletas. Es una infracción que será penalizada estrictamente.
d que se sanciona por ley. En respuesta a esta problemática, el Gobierno ha endurecido la aplicación del Reglamento de Tránsito con el fin de castigar a aquellos que utilicen dispositivos que distraigan al volante, incluidos teléfonos móviles y sistemas de audio.
La medida tiene como objetivo principal reducir la cantidad de accidentes causados por distracciones, ya que, como indican las autoridades, “un segundo de distracción puede cambiarlo todo”, especialmente en entornos urbanos con un alto flujo vehicular. Esta normativa representa un paso significativo hacia la seguridad vial.
“Conduce atento: usar el celular multiplica el riesgo de accidentes. Por tu seguridad y la de los tuyos, ¡no te distraigas!”.
Dos normas de tránsito que casi nadie respeta y que conllevan multa
Un ejemplo del respeto a la normativa se encuentra en el Artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, el cual estipula que a los conductores de vehículos motorizados se les prohíbe “utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento; cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido”.

Esta disposición es esencial para la seguridad vial y el bienestar de todos los usuarios de la vía. La observancia de tales reglas es fundamental para mitigar riesgos y accidentes que puedan surgir por distracciones indebidas al conducir.
Esta norma se aplica a automóviles y motocicletas, sin importar la duración del trayecto.
La ley busca evitar distracciones que comprometan la seguridad vial y aclara que incluso el uso de GPS o mapas solo está permitido si se manipulan con el vehículo completamente detenido.
La misma disposición prohíbe expresamente “utilizar parlantes o producir ruido excesivo con aparatos para la reproducción de música”, una práctica común entre motociclistas y conductores particulares.
La reincidencia eleva automáticamente el monto de la multa, ya que el sistema aplica sanciones mínimas, medias o máximas según el historial del conductor, tal como lo establece el propio reglamento.

De cuánto son las multas
Las sanciones no son menores. La Ciudad de México aumentó el valor de la multa de tránsito conforme a la última actualización del valor de la Unidad de Medida (UMA) que entró en vigor el 1 de febrero, y pasó de $113.14 pesos en 2025 a $117.31 pesos diarios este año.
El Reglamento dispone que por infringir la prohibición de usar el celular al conducir, el responsable será sancionado con “una multa equivalente a 30, 32 o 35 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, tres puntos a la licencia para conducir y un punto a la matrícula vehicular”, cuando el vehículo esté en movimiento. Es decir: $3,519.30 pesos, $3,753.92 pesos o hasta $4,105.85 pesos.
En el caso del uso de aparatos de audio o música a volumen excesivo, la sanción es de “5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y un punto de penalización a la licencia”. Que se traduce en $586.55 pesos, $821.17 pesos o $1,173.10 pesos.
En el extremo más alto de las sanciones, la multa más elevada se relaciona con el empleo de teléfonos celulares o dispositivos de comunicación mientras el vehículo se encuentra en movimiento.
Adicionalmente, el conductor incurre en tres puntos en su licencia de conducir y un punto en la matrícula vehicular, lo que lo expone a sanciones más severas en caso de reincidencia. Por lo tanto, llevar a cabo una llamada o enviar un mensaje mientras se conduce puede implicar un gasto superior a los cuatro mil pesos.
Por otro lado, la sanción menos onerosa estipulada por el Reglamento se asocia al uso de música a través de parlantes o a la “producción de ruido excesivo con aparatos para la reproducción de música”.













