

Un cambio relevante en los documentos oficiales de México ya fue avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La resolución tendrá efectos directos en miles de ciudadanos que realizan trámites legales, bancarios y administrativos en el país.
A partir de este fallo, cierta información personal dejará de ser obligatoria en las actas de nacimiento. La decisión busca fortalecer derechos clave como la privacidad y la protección de datos personales.
Aunque el caso se originó en Jalisco, el alcance de la resolución es más amplio y podría influir en la forma en que se expiden estos documentos en distintas oficinas del Registro Civil a nivel nacional.

SCJN confirma cambio en las actas de nacimiento y elimina este dato obligatorio
La Suprema Corte declaró inválidas partes de los artículos 36 y 100 de la Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. Estas disposiciones exigían incluir notas marginales en las actas de nacimiento, visibles en cada copia certificada.
Dichas anotaciones informaban si la persona había contraído matrimonio o se había divorciado, dejando expuesto su estado civil en distintos trámites. Con la nueva resolución, este dato ya no tendrá carácter obligatorio en las actas emitidas por el Registro Civil.
La Suprema Corte elimina la obligación de revelar el estado civil
El fallo se deriva del Amparo en Revisión 468/2024, promovido por una persona que solicitó eliminar las anotaciones de matrimonio y divorcio de su acta de nacimiento. En un inicio, el Registro Civil negó dicha petición.
Tras analizar el caso, la Corte determinó que obligar a exhibir el estado civil vulnera derechos constitucionales. Entre ellos se encuentran la privacidad, la igualdad, la no discriminación y la protección de datos personales.
Asimismo, la SCJN subrayó que el estado civil forma parte de las categorías protegidas por la Constitución mexicana, por lo que su difusión obligatoria resulta incompatible con estos principios.
Qué cambia en el Registro Civil tras el fallo histórico de la SCJN
A partir de ahora, ninguna autoridad del Registro Civil podrá exigir o mantener estas notas en las actas de nacimiento.
Esto significa que las nuevas copias certificadas deberán emitirse sin esa información. Los principales cambios confirmados son:
- Ya no será obligatorio mostrar el estado civil.
- No deberán aparecer notas de matrimonio o divorcio.
- Se protege la privacidad y los datos personales.
- Se refuerza el derecho a la igualdad.













