

La obligación de portar documentos que acrediten el registro migratorio en Estados Unidos se mantiene vigente para los extranjeros registrados mayores de 18 años.
Desde el 29 de junio también entró en vigor una nueva regla final que actualiza el listado de constancias aceptadas como prueba de registro durante las verificaciones realizadas por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
El listado, publicado en el Federal Register, reúne los documentos que permiten acreditar el estatus migratorio de una persona durante una revisión.
Estos son los documentos aceptados como prueba de registro
Entre las constancias reconocidas se encuentran los formularios:
- I-94, I-94A o I-94W, para extranjeros admitidos como no inmigrantes y personas con parole.
- I-95, para tripulantes que llegan por barco o avión.
- I-184, para tripulantes que llegan por barco.
- DSP-150, tarjeta de visa B-1/B-2 y cruce fronterizo, para ciudadanos de México residentes en México.
- I-221, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de deportación.
- I-221S, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de deportación con orden de arresto.
- I-551, tarjeta de residente permanente.
- I-766, documento de autorización de empleo.
- I-860, para extranjeros declarados inadmisibles y con orden de remoción expedita.
- I-862, aviso de comparecencia, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de remoción.
- I-863, aviso de remisión a un juez de inmigración.
- I-871, para extranjeros que reingresaron ilegalmente y tienen reinstalada una orden previa de remoción.
- USCIS Proof of Alien G-325R Registration, generado para quienes completan el formulario G-325R
- documentos aprobados por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), o su equivalente electrónico, para los programas NEXUS, SENTRI, FAST y Global Entry.

Cómo obtener la constancia del formulario G-325R
Para obtener la prueba del formulario G-325R, la persona debe crear una cuenta en myUSCIS, o una para su hijo, y completar la solicitud.
Después se programa una cita biométrica en un Centro de Asistencia en Solicitudes de USCIS (ASC), donde se toman huellas digitales, fotografía y firma.
Una vez concluido ese proceso, el sistema genera el certificado con un identificador único. Cuando no se requieren huellas, la constancia se emite después de recibir el formulario.
La normativa también mantiene la obligación de que los extranjeros registrados de 18 años o más lleven consigo una prueba de registro en todo momento. El incumplimiento puede considerarse un delito menor y contempla una multa de hasta 5 mil dólares, prisión de hasta 30 días o ambas sanciones.
En el caso de los menores, los padres o tutores legales deben garantizar el registro de quienes cumplen 14 años.
Además, quienes alcanzan esa edad deben solicitar el documento y la toma de huellas dentro de los 30 días siguientes.
La disposición también establece que los residentes permanentes legales que cumplen 14 años mientras están fuera de Estados Unidos deberán reemplazar su tarjeta de residencia permanente dentro de los 30 días posteriores a su regreso.














