

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado de Puebla, que impone a todos los conductores la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. En caso contrario, es posible que te retiren el documento para circular en la vía pública.
La sentencia respalda el artículo que establece esta obligación, así como las multas correspondientes, que oscilan entre 20 y 40 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) para quienes circulen sin dicho seguro.

La decisión se deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 1/2024, presentada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado, que argumentaba una supuesta violación al derecho de libre tránsito.
¿Cómo es la seguridad en Puebla?
La ministra Lenia Batres Guadarrama recordó que en 2024 Puebla registró 12,920 accidentes viales, con 264 víctimas mortales y que sólo el 51% de los vehículos cuenta con un seguro vigente, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). La reforma, dijo, apunta a revertir esa cifra y a promover la cultura de la responsabilidad vial.
De hecho, la funcionaria sostuvo que la disposición no limita la movilidad, sino que tiene como objetivo garantizar la protección de víctimas en accidentes viales.
Un hito nacional hacia la obligatoriedad del seguro vehicular
Aunque la resolución aplica directamente en Puebla, su carácter constitucional permite que otros estados del país implementen medidas análogas, lo que podría establecer la tenencia de un seguro vehicular en requisito nacional para circular legalmente.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió en la necesidad de la medida, pero subrayó que los gobiernos deben asegurar el acceso equitativo a los seguros para los sectores de bajos ingresos.
“La exigencia es legítima, pero debe acompañarse de políticas que aseguren la inclusión financiera y el acceso universal al seguro”, afirmó durante la sesión.













