

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio que impactará futuros litigios contractuales entre entidades públicas y empresas privadas. A partir de esta resolución, las indemnizaciones derivadas de una rescisión ilegal de contratos no podrán calcularse con criterios ajenos a los acuerdos firmados por las partes.
En esa línea, la Suprema Corte determinó que, cuando exista una rescisión contractual indebida, los jueces deberán tomar como base lo establecido en los contratos y las reglas del derecho civil aplicables. Con ello, la Corte busca dar certeza jurídica tanto a empresas como a instituciones gubernamentales involucradas en disputas de este tipo.

La Suprema Corte frenó un criterio que modificaba lo acordado en los contratos
El caso se originó a partir de un contrato relacionado con la operación de un Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO), donde una empresa privada subcontrató a otra para prestar diversos servicios.
Tras una serie de desacuerdos, la empresa principal decidió rescindir unilateralmente la relación contractual.
La compañía afectada acudió a tribunales para reclamar que los contratos seguían vigentes y debían cumplirse.
Después de varios recursos judiciales, la SCJN reiteró que la indemnización derivada de una rescisión ilegal no puede calcularse con base en normas fiscales, sino considerando lo que fue acordado originalmente. La Corte recordó que la indemnización debe determinarse “conforme a lo pactado por las partes y a las reglas del derecho civil aplicables”.

Fallo categórico | hay decisiones que ya no pueden modificarse
La Suprema Corte también enfatizó la importancia de respetar la figura de la cosa juzgada, es decir, aquellas resoluciones que ya quedaron firmes y no pueden volver a discutirse dentro del mismo litigio.
Por ello, ordenó que el tribunal colegiado emita una nueva sentencia y mantenga aspectos previamente definidos, entre ellos “la determinación de que los contratos tenían una vigencia de 22 años”, al tratarse de una cuestión ya resuelta de manera definitiva.

La nueva sentencia deberá calcular daños y perjuicios con base en el contrato
Al devolver el expediente al tribunal colegiado, la SCJN ordenó que se “fijen las bases para calcular los daños y perjuicios tomando en cuenta lo pactado por las partes y las reglas del derecho civil aplicables”, criterio que deberá observarse al determinar la indemnización correspondiente por la rescisión ilegal de los contratos.
















