

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó una decisión que cambia las reglas para miles de jubilados en México, al ordenar que el IMSS suspenda el pago de la pensión por vejez en casos específicos.
El fallo ya es de aplicación obligatoria y afecta a quienes reciben más de una prestación por el mismo periodo laboral.
La resolución busca evitar la duplicidad de beneficios y redefine el alcance de las pensiones otorgadas bajo la Ley del Seguro Social, generando dudas e inquietud entre trabajadores retirados que hasta ahora cobraban ambos ingresos de forma simultánea.
Fallo de la Suprema Corte: qué resolvió sobre las pensiones del IMSS
La SCJN determinó que no es legal recibir al mismo tiempo una jubilación derivada de un contrato colectivo de trabajo y la pensión por vejez prevista en la Ley del Seguro Social, al considerar que se trata de una duplicidad de beneficios.

De acuerdo con el fallo, ambas prestaciones tienen el mismo origen: las aportaciones realizadas durante la vida laboral del trabajador, por lo que su cobro conjunto constituye un doble pago no permitido por la ley.
Con esta decisión, el máximo tribunal fijó un criterio obligatorio que debe ser aplicado por el IMSS de forma inmediata en todos los casos que cumplan con estas características.
A quiénes les quitarán la pensión por vejez y desde cuándo aplica
La medida afecta exclusivamente a jubilados del IMSS que reciben una pensión contractual otorgada por su sindicato o contrato colectivo, y que además cobran la pensión por vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social.
En estos casos, el Instituto deberá cancelar el pago de la pensión legal, manteniéndose únicamente la jubilación contractual, ya que ambas no pueden coexistir al mismo tiempo.
La resolución no es retroactiva en cuanto a la devolución de dinero, pero sí implica la suspensión inmediata del segundo ingreso, una vez que el IMSS detecta la duplicidad.
Qué dice la Ley del Seguro Social y por qué se elimina el doble pago
Según la interpretación de la Suprema Corte, la Ley del Seguro Social establece que la pensión por vejez es incompatible con otras prestaciones económicas que tengan el mismo origen y finalidad.
El tribunal sostuvo que permitir ambos pagos generaría un trato desigual frente a otros pensionados que solo reciben una prestación, además de representar una carga financiera indebida para el sistema.
Con este criterio, la Corte busca unificar la aplicación de la ley y cerrar la puerta a interpretaciones que, hasta ahora, habían permitido el cobro simultáneo de ambas pensiones.














