

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio definitivo que impacta las finanzas de miles de exempleados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El fallo judicial en México prohíbe recibir de forma simultánea la jubilación contractual y la pensión por vejez, argumentando que ambas prestaciones protegen contra el mismo riesgo: la pérdida de ingresos por envejecimiento laboral.
El máximo tribunal determinó que el Régimen de Jubilaciones y Pensiones negociado entre el IMSS y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social ofrece beneficios superiores a los de la Ley del Seguro Social, haciendo innecesario un pago adicional.
Según explicó la Suprema Corte, la jubilación contractual incorpora la pensión de vejez más ayudas asistenciales y asignaciones familiares, garantizando medios de subsistencia económica suficientes. Permitir el cobro de ambas prestaciones representaría una duplicidad injustificada de recursos públicos por el mismo concepto de retiro.

¿Qué sector se ve afectado por la medida judicial?
La Corte precisó que tampoco se acepta la doble pensión, aun si el trabajador ha cotizado con otros empleadores, además del IMSS. Las semanas adicionales registradas en distintos periodos laborales no justifican la duplicidad de prestaciones cuando ambas abarcan la contingencia del envejecimiento proveniente del mismo vínculo con el Instituto.
La decisión judicial no afecta a la mayoría de pensionados mexicanos ni a los empleados de empresas privadas que están afiliados al IMSS. Su impacto es exclusivo para aquellos que cumplan todas estas condiciones:
- ser o haber sido empleados directos del propio Instituto
- haberse jubilado bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del contrato colectivo
- haber solicitado simultáneamente la pensión de vejez de la Ley del Seguro Social.
Miles de jubilados habían conseguido a través de litigios individuales acceder a ambos pagos, argumentando su carácter dual como empleados y asegurados del IMSS. Algunos recibían sumas significativas al acumular las dos prestaciones mensuales. El fallo judicial cierra de manera definitiva esa posibilidad legal para nuevos casos y establece un precedente para los tribunales a lo largo del país.
El IMSS, en su rol como patrón, tiene la obligación de asegurar un ingreso digno para sus jubilados. En situaciones excepcionales en que la pensión de vejez legal exceda la jubilación contractual, el Instituto deberá abonar la diferencia económica pertinente, no obstante, no se pagarán ambas sumas completas de manera simultánea.













