

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, determinó que la venta de una vivienda familiar no puede realizarse sin analizar previamente el impacto que tendría en los derechos de las hijas e hijos involucrados. La resolución fortalece la protección de la infancia en México.
La Suprema Corte concluyó que cuando un inmueble constituye el lugar donde vive un menor de edad, cualquier decisión sobre su venta debe considerar su derecho a la vivienda, a los alimentos y a participar en los procedimientos que puedan afectarle directamente.

La SCJN protege los derechos de niñas, niños y adolescentes
El caso surgió después de que un padre promoviera la liquidación de la sociedad conyugal tras un divorcio. Como resultado, una autoridad judicial ordenó vender la vivienda donde residía la hija adolescente de la expareja.
La joven promovió un juicio de amparo al considerar que la decisión vulneraba su derecho a una vivienda digna y que no fue tomada en cuenta durante el procedimiento, pese a que la medida afectaba directamente sus condiciones de vida.

La venta de un inmueble puede afectar el derecho a los alimentos
El Pleno de la Suprema Corte señaló que los padres tienen la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos, concepto que también incluye la habitación y las condiciones necesarias para un desarrollo adecuado.
Por ello, estableció que las resoluciones relacionadas con la vivienda familiar sí pueden impactar los derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente cuando el inmueble constituye su residencia habitual tras una separación o divorcio.
La Suprema Corte ordenó reponer el procedimiento para recabar más pruebas, garantizar la participación de la adolescente y emitir una nueva resolución con perspectiva de infancia, priorizando en todo momento el interés superior de la niñez.















