

- Los bancos pierden: la SCJN destruye su estrategia para evadir multas por cobranza abusiva
- Se acabó el juego: CONDUSEF ahora puede sancionar sin que los bancos tengan excusas
- Celebra si te deben: esto es lo que ganan millones de deudores con este fallo histórico
- Ya no podrán esconderse: estas son las nuevas reglas que los bancos deberán cumplir o pagar
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en contra de los bancos. A través de una decisión, anunciada el 15 de enero de 2026, el Máximo Tribunal del país ratificó la plena facultad de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) para imponer sanciones a instituciones financieras que incumplan sus obligaciones de transparencia y control sobre las prácticas de cobranza.
La resolución, que resolvió el Amparo en Revisión 323/2025, cierra definitivamente la puerta a los intentos por evadir su responsabilidad sobre los despachos que contratan. Los ministros fueron claros: las obligaciones de registro e información no son opcionales, sino imprescindibles para proteger a los usuarios del sistema financiero.

Los bancos pierden: la SCJN destruye su estrategia para evadir multas por cobranza abusiva
Todo comenzó cuando una institución financiera decidió impugnar una multa que recibió en 2023. La sanción no fue por cualquier motivo: el banco había omitido presentar los informes mensuales obligatorios sobre las quejas relacionadas con los despachos de cobranza que emplea, una exigencia fundamental establecida a través del Registro de Despachos de Cobranza (REDECO).
La defensa del banco argumentaba que las normas sobre quién debía rendir esta información “no eran claras” y que existía una supuesta violación a la seguridad jurídica por ambigüedad normativa. En otras palabras, intentaban justificar su incumplimiento alegando confusión sobre sus propias responsabilidades.
Sin embargo, la SCJN desmontó completamente esta estrategia. Los ministros determinaron que el artículo 41 de la ley y las disposiciones administrativas vigentes “respetan los principios de tipicidad, reserva de ley y seguridad jurídica”, y que el marco legal “define con precisión las obligaciones de las entidades financieras”.
Se acabó el juego: CONDUSEF ahora puede sancionar sin que los bancos tengan excusas
Con esta decisión, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros obtiene un respaldo jurídico inequívoco. La Suprema Corte validó que la CONDUSEF tiene “luz verde” para sancionar cualquier incumplimiento en el registro ante el REDECO y en la entrega de reportes mensuales, incluso cuando las financieras aleguen confusión administrativa.
Otro aspecto crucial que zanjó la sentencia fue la clarificación de los tiempos procesales. Los bancos argumentaban incertidumbre sobre cuándo podían ser sancionados, buscando crear un vacío legal que les permitiera maniobrar. La autoridad fue contundente: no existe tal incertidumbre, ya que el marco normativo establece claramente un plazo máximo de 180 días naturales para que la autoridad emita y notifique su resolución sancionatoria.
Celebra si te deben: esto es lo que ganan millones de deudores con este fallo histórico
Este precedente judicial representa una victoria significativa para millones de usuarios de servicios financieros en México. El fallo garantiza beneficios concretos y medibles para quienes sufrieron prácticas abusivas de cobranza.
En primer lugar, se establece una mayor transparencia obligatoria: los bancos ya no pueden ocultar qué despachos de cobranza utilizan ni evadir su responsabilidad sobre las acciones de estos intermediarios. Cada queja, cada contacto y cada práctica debe quedar debidamente registrada y reportada.
Además, se refuerza la certeza jurídica para los consumidores, obligando a los bancos a informar incluso cuando no utilizan despachos externos, cerrando así los vacíos legales que antes permitían evasiones y ocultamientos.

Ya no podrán esconderse: estas son las nuevas reglas que los bancos deberán cumplir o pagar
A partir de este fallo, el panorama del sistema financiero mexicano experimenta un cambio estructural importante. Las instituciones bancarias ya no podrán escudarse en argumentos de ambigüedad normativa para evadir sus responsabilidades de supervisión sobre las prácticas de cobranza.
Los bancos están ahora obligados a mantener registros actualizados de todos los despachos de cobranza que contratan, reportar mensualmente las quejas recibidas y someterse a la supervisión rigurosa de la CONDUSEF, bajo amenaza de sanciones económicas que ya no podrán impugnar con los argumentos que antes utilizaban.
Para los usuarios, esto significa que cuentan con un mecanismo fortalecido de protección. Si sufren hostigamiento, amenazas o prácticas abusivas por parte de cobradores, ahora tienen la certeza de que existe una autoridad con facultades plenas para sancionar a los responsables.















