

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo relacionado con las sanciones aplicadas por presentar declaraciones fiscales fuera de plazo o por no enviarlas mediante plataformas electrónicas. La resolución confirmó que este tipo de multas sí se apegan a la Constitución.
Con este fallo, quedó ratificado que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene facultades legales para sancionar incumplimientos y retrasos en las obligaciones fiscales. A partir de ahora, el debate ya no se enfoca en la validez de las multas, sino en la forma en que las autoridades calculan y aplican cada sanción.
Conoce qué determinó la SCJN y qué aspectos debes tomar en cuenta para evitar inconvenientes con el SAT.

La Suprema Corte falló a favor del SAT y respaldó estas sanciones
El caso surgió luego de que un contribuyente recibiera tres multas por presentar fuera de tiempo sus declaraciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Después de impugnar las sanciones en distintas instancias sin obtener resultados favorables, el asunto llegó hasta la Suprema Corte, que concluyó que las multas no vulneran derechos constitucionales.
La SCJN explicó que la legislación contempla un rango mínimo y máximo para fijar las sanciones, por lo que la autoridad fiscal debe determinar el monto tomando en cuenta distintos elementos, entre ellos:
- La gravedad del incumplimiento.
- La existencia o no de reincidencia.
- La situación económica del contribuyente.
El tribunal consideró que este mecanismo es constitucional debido a que permite individualizar cada multa y evita que todas las sanciones se apliquen de manera automática o uniforme.
¿Qué dice la ley sobre las multas del SAT?
El Código Fiscal de la Federación establece sanciones para quienes no presenten sus declaraciones fiscales en tiempo y forma. Generalmente, las multas pueden oscilar entre el 10% y el 40% del impuesto omitido, dependiendo de cada situación.
Sin embargo, no cualquier multa puede considerarse válida automáticamente. El SAT está obligado a fundamentar la razón por la que determina un monto específico dentro del rango previsto en la ley. En caso de no justificar correctamente la sanción, ésta podría quedar sin efecto.
¿Qué hacer si me llegó una multa del SAT?
Aunque ya no es posible argumentar que las multas son inconstitucionales, sí existen elementos que los contribuyentes pueden cuestionar al momento de impugnar una sanción, como por ejemplo:
- La falta de justificación sobre el monto aplicado.
- Circunstancias extraordinarias, como fallas técnicas o desastres.
- Que se trate de la primera vez que ocurre el incumplimiento.
- Que exista desproporción respecto a la capacidad económica del contribuyente.
La resolución de la SCJN deja claro que el sistema de multas fiscales es válido, aunque cada sanción deberá estar debidamente motivada y justificada. De ahora en adelante, los litigios se enfocarán principalmente en la manera en que el SAT impone las multas y no en la constitucionalidad de las mismas.














