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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha concluido que el ayuntamiento de Hermosillo actuaba fuera de los límites de sus atribuciones legales. Específicamente, la máxima instancia judicial revisó un reglamento local que, de manera inapropiada, expandía las competencias del municipio en lo que concierne a la posesión y uso de bienes privados.

En virtud de este análisis, el tribunal determinó la nulidad de diversas disposiciones normativas que permitían, entre otras acciones, que el gobierno municipal, a través de su sindicatura, asumiera la posesión de inmuebles y los destinara a servicios públicos, e incluso a la ocupación por parte de terceros.

La Suprema Corte falló a favor de la propiedad privada y anuló el reglamento que permitía a municipios usar casas sin permiso de sus dueños (foto: archivo).
La Suprema Corte falló a favor de la propiedad privada y anuló el reglamento que permitía a municipios usar casas sin permiso de sus dueños (foto: archivo).

Qué decidió la Suprema Corte sobre las facultades inmobiliarias de los municipios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado de manera inequívoca que los municipios poseen competencias en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano y uso de suelo.

Dichas atribuciones facultan a los municipios para:

  1. Regular el crecimiento de las urbes
  2. Organizar las edificaciones
  3. Establecer normas para un uso apropiado del territorio

Sin embargo, el dictamen subraya un límite significativo: las autoridades municipales no están habilitadas para, a través de normativas locales, instaurar mecanismos que promuevan el control, uso o disfrute de propiedades privadas.

La Máxima Corte resolvió a favor de la propiedad privada e invalidó el reglamento que autorizaba a municipios a utilizar casas sin permiso de sus dueños (foto: archivo).
La Máxima Corte resolvió a favor de la propiedad privada e invalidó el reglamento que autorizaba a municipios a utilizar casas sin permiso de sus dueños (foto: archivo).

Esta limitación se sustenta en que tales acciones afectan directamente el núcleo del derecho a la propiedad, el cual goza de protección a nivel constitucional y no puede ser restringido por normativas administrativas de menor jerarquía.

Declaratoria de abandono: instrumento esencial para la gestión municipal

En contraste, la SCJN aprobó los apartados normativos relacionados con las declaratorias de abandono de inmuebles. Según el tribunal más elevado, tales regulaciones se inscriben en la esfera administrativa que compete a los municipios.

Estas declaratorias otorgan a las autoridades locales el poder de identificar propiedades en estado de abandono, con el objetivo de abordar problemáticas urbanas como el deterioro, la inseguridad o la ineficacia en la utilización del suelo.

A diferencia de los mecanismos que inciden sobre la propiedad privada, tales medidas no conllevan una apropiación directa del bien. En su lugar, constituyen una gestión administrativa orientada a la organización urbana.