

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la firma autógrafa es suficiente para acreditar la voluntad de los trabajadores en la elección de su régimen pensionario ante el ISSSTE.
El criterio del Máximo Tribunal precisa que la resolución no fue en contra del organismo público, sino que establece la eliminación de un requisito que carecía de sustento legal y constitucional.

En sesión del 15 de enero de 2026, al resolver la contradicción de criterios 134/2025, la Suprema Corte atendió el diferendo entre el Cuarto Tribunal Colegiado en materias penal y administrativa del Quinto Circuito y el extinto pleno regional en materia administrativa de la región Centro-Sur.
Como resultado, determinó que la huella digital no es un elemento indispensable para la validez del documento de elección del régimen pensionario, reconociendo que la firma autógrafa basta para acreditar la voluntad de la persona trabajadora.
La aclaración del ISSSTE sobre el fallo de la Corte Suprema
En un comunicado de prensa emitido por el ISSSTE, el organismo aseguro que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce que la firma autógrafa es suficiente para acreditar la voluntad de las y los trabajadores en la elección de su régimen pensionario.
El criterio de la Corte determina eliminar un requisito que carecía de sustento legal y constitucional: la huella digital, la cual no es un elemento indispensable para la validez del documento de elección del régimen pensionario.
En sesión del 15 de enero de 2026, la Corte atendió el tema al resolver la contradicción de criterios 134/2025 suscitada entre el Cuarto Tribunal Colegiado en materias penal y administrativa del Quinto Circuito y el extinto pleno regional en materia Administrativa de la región Centro- Sur.
Cabe señalar que la exigibilidad del requisito de la huella digital había derivado, en algunos casos, en la anulación de documentos, aun cuando se acreditara que el trabajador había ejercido su derecho de manera libre e informada.
Con esta determinación, se otorga pleno valor a los documentos de elección suscritos por las y los trabajadores desde hace más de 18 años, lo que da certeza jurídica y garantiza el respeto a sus derechos.
El ISSSTE refrenda su compromiso con la legalidad, la protección de los derechos de la derechohabiencia y la correcta aplicación de los criterios jurisdiccionales.














