

La decisión fue tomada por la Corte Suprema y, aunque no fue inesperada para los expertos, representa un punto de inflexión en la regulación del acceso a ciertos puestos públicos en los estados.
A pesar de que el fallo no fue enmarcado como un avance totalmente novedoso, su repercusión es tangible y directa. La Corte Suprema reafirmó la existencia de limitaciones claras para los congresos estatales y subrayó que hay condiciones que no se pueden establecer sin un respaldo constitucional, incluso en lo que respecta a altos cargos.
Una normativa que había permanecido casi en el anonimato durante años ha sido eliminada del ámbito institucional. No se trataba de una simple formalidad ni de un aspecto administrativo menor, sino de un requisito que determinaba quién podía acceder a un puesto clave en la supervisión del gasto público en un estado específico del país.
Adiós al requisito de ser mexicano por nacimiento: esto resolvió la Corte Suprema
La Corte Suprema invalidó una parte del artículo 97, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Durango. Esta norma estipulaba que la persona titular de la Auditoría Superior debía ser mexicana por nacimiento y no poseer otra nacionalidad.
De acuerdo con la resolución, dicho requisito carece de respaldo en la Constitución Política Federal. La Corte enfatizó que únicamente la Constitución y las leyes del Congreso de la Unión pueden reservar ciertos cargos a personas mexicanas de nacimiento sin otra nacionalidad, algo que no se presenta en este caso específico.

Al imponer tal condición, el Congreso local de Durango rebasó sus facultades. Para la Corte Suprema, el mantenimiento de dicho filtro generaba una distinción injustificada que afectaba el acceso a empleos públicos y podía resultar en un trato discriminatorio dentro del ámbito estatal.
Auditoría Superior de Durango: acceso al empleo público
La resolución emitida por la SCJN reafirma una línea sostenida por el tribunal: los cuerpos legislativos estatales no tienen la potestad de restringir el acceso a puestos en la administración pública a menos que exista un mandato constitucional explícito. En este contexto, se estableció que el control del gasto público no debe estar sujeto a limitaciones que no estén autorizadas por la Constitución.
En este marco, el Máximo Tribunal instruyó la notificación al Congreso del Estado de Durango para que adapte su normativa a este nuevo criterio. El puesto ahora está abierto también para personas mexicanas por naturalización y aquellos con doble nacionalidad, siempre que se cumplan las demás exigencias legales pertinentes.
Con este fallo, el requisito ha cambiado de forma definitiva. Para asumir la dirección de la Auditoría Superior de Durango ya no es obligatorio ser mexicano por nacimiento ni estar exento de otra nacionalidad. Desde ahora, solo se requiere ser ciudadano mexicano en íntegro ejercicio de sus derechos civiles y políticos.













