El SAT multará con más de 34.000 a quienes reciban préstamos en su cuenta bancaria: ¿a razón de qué?
De excederte en el monto que exige el SAT deberás enfrentar sanciones, multas y auditorías sobre tus actividades económicas.
Lo normal cuando se pide un préstamo de dinero equivalente a un monto de plata es que sea depositado en tu cuenta bancaria, eso es una práctica muy común, y en su mayoría de veces, de buena fe; sin embargo, desde ya, el Servicio de Administración Tributaria, SAT, tomará sanciones administrativas a quienes reciban dinero en sus cuentas bancarias por parte de préstamos y que no se puedan justificar o que no se declaren de forma correcta.
El SAT advirtió que los usuarios que reciban los préstamos de dinero y no tengan una declaración fundamentada legalmente y superen los 600.000 pesos, enfrentarán multas de hasta 34.730 pesos. Si el dinero prestado excede esta cantidad de dinero y no se justifica su origen, el Servicio de Administración Tributaria iniciará una investigación y podrías enfrentar multas, sanciones y auditorías.
¿Qué dice la Ley sobre los préstamos que se reciben?
El Artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, también conocida como ISR, indica que toda persona física está obligada a declarar cualquier tipo de ingreso a sus cuentas bancarias, ya se en calidad de préstamo, donativo o premio que iguale o supere los 600.000 pesos en un año fiscal.
De no declararse esta actividad económica, el SAT intervendrá y pedirá las justificaciones correspondientes o podría interpretarlo como "ingresos no declarados", derivando esto en severas multas y sanciones.
¿Debo declarar ante el SAT los préstamos de amigos y familiares?
Si el monto que recibiste por parte de un amigo o familiar es igual o superior a los 600.000 pesos, sí, es obligatorio hacer las declaraciones correspondientes según indica la ley.
1. Para demostrar que tú préstamo no es un ingreso gravable deberás declarar el dinero en la Forma 86-A
2. Respalda tus préstamos con la documentación que respalde el origen del dinero, como un contrato firmado y/o comprobantes de transferencia.
3. Ante cualquier duda, siempre consulta con tu contador de confianza para realizar la declaración de forma correcta.
Si recibiste un préstamos que iguala o supera los 600.000 pesos y debes declararlo, recuerda que la declaración anual de personas físicas en México estará habilitada para presentarse hasta abril del 2025. Evita multas ante el SAT.