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Un documento indispensable para miles de profesionistas quedó en el centro de una disputa judicial que obligó a intervenir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Durante meses, dos tribunales sostuvieron criterios opuestos sobre su validez y sus características, lo que generó incertidumbre en uno de los trámites más sensibles del ejercicio profesional en la Ciudad de México.
La discusión no giraba solo en torno a un formato administrativo. Lo que estaba en juego era si una autoridad podía modificar la forma de un documento clave sin vulnerar la ley ni exceder sus atribuciones. La respuesta llegó desde la Suprema Corte y tiene consecuencias directas para quienes dependen de ese documento para trabajar.
La Corte fijó un criterio definitivo y dejó en claro cómo debe entenderse este documento, qué función cumple y por qué ciertos elementos que antes se consideraban indispensables ya no lo son.
Cédula profesional y SCJN: qué resolvió la disputa judicial
La SCJN resolvió una contradicción de criterios entre dos tribunales colegiados sobre el artículo 32 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México (CDMX). El punto central era si ese reglamento respetaba los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica.
El Máximo Tribunal determinó que el reglamento es válido. La ley establece que la cédula profesional funciona como una patente para ejercer una profesión, pero no define con precisión sus características. Por ese motivo, el reglamento puede detallar aspectos técnicos, como su emisión en formato electrónico.
La Corte concluyó que la Dirección General de Profesiones está facultada para emitir la cédula profesional electrónica conforme a un estándar técnico, sin que ello implique una invasión de competencias ni una violación a la ley.
Cédula profesional sin fotografía ni firma: cuál es su alcance y validez
La SCJN fue clara al señalar que la cédula profesional no es una identificación oficial de uso general. Su función específica es acreditar que una persona está legalmente habilitada para ejercer una profesión, no sustituir documentos oficiales de identificación.

Por esta razón se determinó que no es indispensable que la cédula profesional contenga fotografía ni firma para cumplir con su finalidad. En este sentido, la ausencia de estos elementos no afecta su validez como documento para el ejercicio profesional.
Con esta interpretación, se brinda certeza jurídica a las y los profesionistas, al confirmar que la cédula profesional electrónica es un documento válido y suficiente para acreditar su habilitación profesional ante autoridades y particulares.













