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Los deudores alimentarios en Veracruz enfrentan ahora restricciones adicionales que les impedirán obtener su licencia de conducir. La medida, implementada por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), forma parte de un esfuerzo gubernamental por garantizar el cumplimiento de las obligaciones hacia niñas, niños y adolescentes.

La SSP informó a través de sus canales oficiales que, a partir de este momento, será requisito obligatorio presentar el Certificado de No Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) para tramitar la licencia de conducir. La dependencia fue clara al señalar que toda persona inscrita como deudor alimentario verá negada su solicitud de manera automática.

“Por disposición oficial, para realizar tu trámite de licencia de conducir deberás entregar el Certificado de No Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias”, estableció la SSP en su comunicado. El mensaje concluyó de forma contundente: cualquier persona registrada como deudora alimentaria no podrá obtener la licencia de conducir.

Atención conductores | Cancelarán las licencias de conducir de quienes no cumplan este nuevo requisitos obligatorio (foto: archivo).
Atención conductores | Cancelarán las licencias de conducir de quienes no cumplan este nuevo requisitos obligatorio (foto: archivo).

Guía para obtener el Certificado de No Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

Las autoridades estatales destacaron que estas acciones responden a la necesidad de fortalecer los mecanismos de cumplimiento de pensiones alimenticias, un problema que afecta a miles de familias mexicanas.

La nueva disposición encuentra su respaldo en el artículo 135 septies de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que faculta al Registro Civil para emitir certificados que acrediten si una persona cumple o no con sus obligaciones alimentarias. El documento debe solicitarse a través de la plataforma oficial del RNOA y presentarse como parte de la documentación obligatoria en ambos trámites.

Este certificado funciona como una constancia que verifica el estatus de la persona respecto al cumplimiento de sus responsabilidades económicas con sus hijos e hijas. Si el solicitante aparece inscrito en el registro como deudor, el trámite será rechazado sin excepción.

Las autoridades no han especificado si la restricción para licencias aplica únicamente a hombres o también a mujeres.

Actualización de las normativas para el matrimonio

El Registro Civil de Veracruz ha establecido la inclusión del certificado del RNOA como un requisito indispensable para la celebración de matrimonios. Mariana Sánchez Cano, oficial mayor del Registro Civil del municipio de Veracruz, indicó que ambos contrayentes deberán presentar dicho documento para confirmar que ninguno de ellos se encuentre registrado como deudor alimentario.

En caso de que alguno de los futuros cónyuges figure en el registro, la autoridad tiene la responsabilidad legal de notificar a la otra parte antes de proceder con la ceremonia. “Si uno de los dos es deudor alimentario y la pareja no lo sabe, debemos informárselo. El contrayente debe conocer que la otra persona ya tiene obligaciones previas”, afirmó la funcionaria. Sin la presentación del certificado, el matrimonio no podrá llevarse a cabo, convirtiéndose en un documento tan esencial como el acta de nacimiento o la identificación oficial.

Definición del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias es una iniciativa del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) que identifica tanto a personas con obligaciones alimentarias vigentes como a quienes incumplen con pagos ordenados judicialmente.

Su propósito es combatir la impunidad en el abandono económico de menores y establecer mecanismos administrativos que protejan el interés superior de la niñez, generando consecuencias reales para quienes evaden sus responsabilidades parentales.