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Durante generaciones, el orden de los apellidos en México pareció una formalidad incuestionable: primero el del padre, después el de la madre.

Esta práctica, aplicada de forma casi automática por los registros civiles, no estaba explícitamente impuesta en todas las leyes, pero funcionó durante décadas como una regla no escrita que moldeó la identidad legal de millones de personas.

En los últimos años, ese esquema comenzó a ser cuestionado desde los tribunales y los congresos locales. Ahora, un fallo clave de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y una iniciativa legislativa presentada en Puebla podrían consolidar un cambio de fondo: el Estado ya no podría privilegiar por defecto el apellido paterno y, ante la falta de acuerdo entre los padres, el apellido materno pasaría a ocupar el primer lugar.

El orden tradicional de los apellidos comienza a invertirse: fallos judiciales e iniciativas legislativas buscan terminar con la primacía histórica del apellido paterno y avanzar hacia una igualdad efectiva en la identidad legal. Fuente: archivo.
El orden tradicional de los apellidos comienza a invertirse: fallos judiciales e iniciativas legislativas buscan terminar con la primacía histórica del apellido paterno y avanzar hacia una igualdad efectiva en la identidad legal. Fuente: archivo.

El fallo de la Suprema Corte que desarmó una tradición centenaria

En 2022, la Suprema Corte resolvió que imponer de manera automática el apellido paterno como primero en el acta de nacimiento es inconstitucional. Los ministros consideraron que esta práctica viola el principio de igualdad y no discriminación, al reproducir una visión jerárquica de la familia que coloca al padre en una posición simbólicamente superior.

El máximo tribunal sostuvo que el orden de los apellidos forma parte del derecho a la identidad y que el Estado no puede imponer criterios basados en estereotipos de género. A partir de este criterio, los registros civiles deben permitir que los padres elijan libremente el orden de los apellidos de sus hijos, sin obstáculos administrativos ni interpretaciones restrictivas de la ley.

Aunque el fallo no modificó automáticamente todos los códigos civiles del país, sí estableció un precedente obligatorio que los estados deben acatar, marcando un antes y un después en la regulación de la identidad legal.

Hidalgo y el caso Alfajayucan: cuando la ley se aplicó en la práctica

El impacto del fallo comenzó a verse en casos concretos. En octubre de 2022, en el municipio de Alfajayucan, Hidalgo, una pareja decidió registrar a su hija colocando primero el apellido materno. Si bien la legislación estatal permitía esta posibilidad desde 2015, rara vez se ejercía debido a la presión social y a la inercia institucional.

El registro se convirtió en un hecho histórico para el municipio y fue celebrado por autoridades locales como un avance en materia de igualdad de género. El caso evidenció que el principal obstáculo no era legal, sino cultural: muchas familias desconocen su derecho a elegir o enfrentan resistencias al intentar apartarse de la tradición.

Este antecedente mostró que el cambio es posible, pero también que, sin reglas claras, la práctica puede quedar librada a la voluntad de funcionarios o al consenso familiar.

Puebla propone que, si los padres no llegan a un acuerdo, el Registro Civil coloque automáticamente el apellido materno en primer lugar. Fuente: Shutterstock.
Puebla propone que, si los padres no llegan a un acuerdo, el Registro Civil coloque automáticamente el apellido materno en primer lugar. Fuente: Shutterstock.

Puebla propone ir más lejos: apellido materno automático si no hay acuerdo

Con ese contexto, Puebla decidió avanzar un paso más. En abril de 2025, la diputada local de Morena, Graciela Palomares Ramírez, presentó una iniciativa para reformar el Código Civil estatal. La propuesta mantiene la libertad de elección, pero introduce un criterio concreto para resolver los desacuerdos.

Según el proyecto, si los padres no logran ponerse de acuerdo sobre el orden de los apellidos, el Registro Civil deberá asignar automáticamente el apellido materno en primer lugar. La legisladora argumentó que esta medida busca romper con la inercia histórica que siempre terminó favoreciendo al apellido paterno cuando no había consenso.

Desde su perspectiva, la tradición vigente es discriminatoria, ya que reproduce una desigualdad estructural bajo la apariencia de neutralidad administrativa. La iniciativa apunta, además, a evitar conflictos y dilaciones en el registro de nacimiento, garantizando certeza jurídica desde el primer momento.