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Incluir a una organización social en el testamento suele frenarse por una duda puntual, si esa decisión puede afectar lo que corresponde a los hijos, los padres o el cónyuge.

Pero el propio Código Civil y Comercial de la Nación fija con precisión qué parte de la herencia queda siempre reservada para la familia y qué parte puede destinarse libremente, incluida la posibilidad de una donación a una causa.

Esa distinción es la base de los testamentos solidarios, la figura que impulsa la campaña Legados Solidarios, integrada por catorce organizaciones sociales entre las que están AMIA, Amnistía Internacional, Cáncer con Ciencia de Fundación Sales, Cáritas Argentina, Don Bosco Por Los Jóvenes, Don Orione, Fundación Esteban Bullrich, Fundación Huésped, Hospital Británico, Fundación Junior Achievement Argentina, Médicos Sin Fronteras, Mensajeros de la Paz Argentina, UNICEF Argentina y la Universidad Hospital Italiano.

Herencia legítima: qué porción le corresponde siempre a los herederos forzosos

La legítima es la porción de la herencia que la ley reserva de manera obligatoria para los herederos forzosos, es decir hijos, descendientes, padres, ascendientes o cónyuge, según el caso. Esa parte no puede modificarse por testamento, cualquiera sea la voluntad de la persona.

La escribana Sonia Lukaszewicz (M.N. 4427), en representación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (CECBA), institución que apoya la campaña, explica que “la proporción disponible depende de cada situación familiar: es de un tercio cuando hay hijos o descendientes, y de la mitad cuando no hay descendientes, pero sí padres, otros ascendientes o cónyuges”.

(foto: Freepik).
(foto: Freepik).Freepik

Sobre quienes no tienen herederos forzosos, agrega que en ese caso “la persona puede disponer libremente de la totalidad de sus bienes”.

Cuánto se puede donar a una ONG sin afectar la legítima

De esa explicación se desprende un dato concreto para quien quiere donar sin afectar a su familia, la porción disponible es la única que puede destinarse a una organización social.

Si existen hijos o descendientes esa porción equivale a un tercio del patrimonio. Si no hay descendientes pero sí padres, otros ascendientes o cónyuge, la porción disponible asciende a la mitad. Cuando no existen herederos forzosos, la totalidad del patrimonio queda bajo la libre disposición de la persona.

Este esquema hace que incluir a una ONG en el testamento y proteger a la familia no sean opciones excluyentes. El sistema legal ya contempla ambas cosas dentro de una misma sucesión.

Testamento por acto público o testamento ológrafo: qué camino elegir

Definida la porción disponible, el siguiente paso es formalizar la voluntad. Existen dos vías posibles.

El testamento por acto público se firma ante un escribano y dos testigos. Según detalla Lukaszewicz, “esta modalidad ofrece mayor seguridad, ya que permite verificar el cumplimiento de los requisitos legales, garantiza la conservación del documento y contempla su inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad, lo que facilita su localización después del fallecimiento”. Esa inscripción es un punto relevante para evitar conflictos posteriores entre los herederos y la organización beneficiaria.

El testamento ológrafo es un documento que la propia persona escribe de puño y letra, fecha y firma, sin intervención notarial en el momento de redactarlo. Requiere resguardo adecuado y conviene acompañarlo de asesoramiento legal para evitar errores de forma que después puedan cuestionar su validez ante los herederos.

Cómo elegir la organización y qué pasos seguir

Antes de la instancia con el escribano, la decisión pasa por elegir la causa y definir qué se quiere donar, un bien puntual, una suma de dinero o un porcentaje de la porción disponible.

Las organizaciones que integran Legados Solidarios ofrecen acompañamiento gratuito para resolver esa parte, incluida la posibilidad de destinar la donación a un fin específico dentro de la institución, siempre que ese destino sea lícito y posible de cumplir.

Ese acompañamiento previo funciona como un paso adicional de claridad, tanto para quien dona como para los herederos, ya que permite dejar por escrito el criterio con el que se definió la porción disponible antes de formalizar el testamento.

Una decisión que no reemplaza a la familia sino que se suma

El crecimiento de los legados solidarios en la región, con un aumento del 262% en los ingresos por este concepto durante 2024 según datos del Foro Internacional de Liderazgo en Recaudación de Fondos citados por Mariana Pahor, Responsable de Colaboraciones Estratégicas para Argentina en Médicos Sin Fronteras, confirma que cada vez más personas encuentran en este mecanismo una forma de conciliar ambos objetivos. Solo durante 2025 las organizaciones de la campaña recibieron más de 4.700 consultas sobre el tema.

Quienes quieran evaluar cómo aplica este esquema a su propio patrimonio pueden visitar www.legados-solidarios.org, elegir la organización con la que desean colaborar y recibir orientación personalizada y gratuita antes de avanzar con un escribano.