

La Ley de Modernización Laboral, también conocida como Reforma Laboral, obtuvo dictamen en la Cámara de Diputados y pasará al Senado para determinar su aprobación definitiva. En este sentido, existen algunas dudas sobre si la edad jubilatoria podría modificarse en caso de ser aprobada.
Qué pasará con la edad jubilatoria si se aprueba la Reforma Laboral
La Reforma Laboral que llevó el Gobierno al Congreso contempla modificaciones en el actual esquema de trabajo. No obstante, uno de los puntos que mayores incógnitas genera es saber si la Ley de Modernización Laboral traerá cambios a la edad jubilatoria.

Sin embargo, el proyecto de ley no contempla modificaciones en la edad jubilatoria, de modo tal que el sistema previsional continuará tal y como es la actualidad, fijando un piso etario para hombres y mujeres.
En tanto, es importante aclarar que la Reforma Laboral no modificará la normativa vigente para tramitar la jubilación y el trámite podrá ser iniciado siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social.
A qué edad se puede hacer la jubilación en Argentina
La ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) es el ente encargado de gestionar el sistema jubilatorio y para poder iniciar el trámite, se deben cumplir una serie de requisitos clave.

Los requisitos para iniciar la jubilación:
- 60 años de edad para las mujeres y 65 años para los hombres
- 30 años de aportes registrados
- DNI
- Completar el formulario de “Solicitud de prestaciones previsionales” (P.S. 6.18).
- Consultar la “Historia Laboral” ingresando a mi ANSES.
- En el caso de las mukeres, se puede acceder al Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado. En ese caso es importante presentar las partidas de nacimiento de los hijos, Certificado de Discapacidad (CUD), si corresponde y sentencia de adopción, en el caso de ser adoptados.
¿Qué pasa si faltan aportes al momento de jubilarse?
La ANSES indica que en el caso que se registre un faltante de aportes, se debe reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados y los establecimientos.
En este sentido, se deben reunir las certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o declaración jurada.
Cuánto cobrarán los jubilados en marzo
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó este viernes el nuevo incremento para jubilaciones y pensiones que comenzará a regir desde marzo de 2026.
La actualización fue oficializada mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, donde se detallan los nuevos montos que percibirán los jubilados.
De acuerdo con la normativa, el haber mínimo garantizado se ubicará en $ 369.600,88 a partir del próximo mes. Por su parte, el haber máximo para jubilados quedó establecido en $2.487.063,95.
En relación con los bonos extraordinarios, si bien hasta el momento no hubo confirmación formal, se prevé que el refuerzo de $70.000 vuelva a abonarse, tal como ocurrió en los meses anteriores.













