Los conductores que estacionen frente a puertas de hospitales y escuelas pueden recibir sanciones y perder puntos en su licencia, tal como lo establece la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
El artículo 97 establece una multa de 50 a 100 Unidades Fijas y la quita de dos puntos del registro.
Qué dice el artículo 97 sobre estacionar frente a hospitales y escuelas
El artículo 97, que reglamenta el artículo 49 inciso b) apartado 4 de la Ley 24.449, establece: “por estacionar, en zona urbana, frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez (10) metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento, será sancionado con multa de 50 U.F. hasta 100 U.F. y serán restados de la licencia de conducir la cantidad de DOS (2) puntos”.
La norma contempla dos sanciones principales, una multa económica de entre 50 y 100 Unidades Fijas. El importe que deberá pagar el conductor dependerá del valor de la unidad fija vigente en la jurisdicción correspondiente, por lo que no existe un monto único que pueda establecerse sin esos datos. Además, una quita de puntos en el registro.
Quita de puntos de la licencia, la otra sanción por estacionar frente a hospitales y escuelas
La otra sanción es la quita de puntos del registro, medida que se enmarca en el Sistema de Scoring Nacional. Cada licencia de conducir otorgada parte con un crédito de 20 puntos.
Cada vez que se comete una infracción que contemple una quita de puntos, se aplicará la sanción correspondiente. Cuando se alcanza el límite de cero puntos, el conductor puede quedar inhabilitado para conducir y deberá cumplir con los requisitos establecidos por la normativa para recuperar su licencia.
Qué pasa si se pierden todos los puntos de la licencia de conducir
Cuando un conductor pierde los 20 puntos de la licencia de conducir, queda inhabilitado para manejar y se produce la suspensión de la licencia. La primera vez que se llega a cero puntos, la inhabilitación tiene una duración de 60 días.
En caso de reincidencia, el período de inhabilitación aumenta. Si el conductor vuelve a perder todos los puntos por segunda vez, la suspensión es de 120 días, mientras que en una tercera ocasión alcanza los 180 días. Posteriormente, el período se duplica de manera sucesiva.