

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció un límite para determinadas prestaciones cuyos titulares deben acreditar residencia en la Argentina.
Según la Resolución 918/2024, cuando una persona permanece más de 90 días corridos fuera del país, puede incumplir el requisito de residencia exigido para acceder o mantener determinados beneficios.
La normativa alcanza a prestaciones no contributivas y asignaciones administradas por el organismo público que exigen residencia en Argentina y que no cuentan con un plazo específico establecido por su propia regulación.
ANSES confirmó el límite de días para cobrar determinadas prestaciones fuera del país
La Resolución 918/2024 establece que, para las prestaciones alcanzadas por la medida, una persona no cumple con el requisito de residencia cuando se ausenta de la Argentina por un período superior a 90 días corridos.
El plazo funciona como criterio de control para aquellos beneficios en los que la normativa exige residir en el país.
Entre las prestaciones mencionadas expresamente en los fundamentos de la resolución se encuentra la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley 27.260.
Por lo tanto, una persona que recibe una prestación alcanzada por esta normativa y permanece fuera del territorio nacional durante más de 90 días corridos puede quedar sujeta a una revisión por parte de ANSES.

¿Cómo controla ANSES si una persona permanece fuera de Argentina?
Para verificar el cumplimiento del requisito de residencia, ANSES puede utilizar la información disponible en sus propias bases de datos y los datos enviados por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos.
De esta manera, el organismo puede cruzar información sobre los movimientos migratorios de los titulares de las prestaciones y determinar si se cumple con las condiciones exigidas para mantener el beneficio.
Si se verifica que la persona permaneció fuera del país durante más de 90 días corridos y que, por ese motivo, dejó de cumplir con el requisito de residencia, ANSES puede suspender la prestación hasta que el titular solicite su activación y demuestre fehacientemente que volvió a residir en Argentina.
La resolución también contempla una situación diferente: cuando la normativa particular de una prestación establece que el incumplimiento del requisito de residencia implica la pérdida del derecho. En esos casos, en lugar de una suspensión temporal, ANSES puede disponer la baja del beneficio.
¿La regla de los 90 días también alcanza a las jubilaciones?
La Resolución 918/2024 no establece la baja automática de las jubilaciones contributivas por permanecer más de 90 días fuera de la Argentina.
La medida está dirigida a las prestaciones no contributivas y asignaciones administradas por ANSES que tienen como requisito la residencia en el país, siempre que su normativa específica no establezca un plazo diferente.
¿Qué pasa con la bonificación por zona austral?
La normativa establece además una regla específica para quienes reciben la bonificación por zona austral, prevista por la Ley 19.485.
En este caso, una ausencia de Argentina superior a 90 días corridos implica la pérdida del derecho a la bonificación.
Si ANSES verifica el incumplimiento del requisito de residencia en zona austral, procederá a dar de baja el adicional. Para volver a percibirlo, la persona deberá solicitar nuevamente la bonificación y acreditar que cumple con las condiciones exigidas.













