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La Ley de Sucesiones en la Argentina contempla situaciones especiales que pueden modificar quién hereda y en qué proporción.

Una de las figuras menos conocidas es la del matrimonio celebrado en circunstancias extremas, un caso que puede dejar al cónyuge sobreviviente sin derecho a herencia ni a recibir bienes del fallecido.

Este escenario genera dudas frecuentes y suele aparecer en contextos sensibles, cuando el casamiento ocurre poco tiempo antes de la muerte de una de las partes y debe llevarse a cabo el reparto de los bienes.

Qué es el matrimonio in extremis y cuándo se aplica

Se considera matrimonio in extremis cuando una persona fallece dentro de los 30 días posteriores a haberse casado y la causa de la muerte es una enfermedad que ya padecía al momento de la celebración. Además, esa situación debía ser conocida por el otro cónyuge.

Cambia la Ley de Sucesiones y a partir de ahora los viudos no cobrarán la herencia ni recibirán los bienes por esta norma
Fuente: Archivo
Cambia la Ley de Sucesiones y a partir de ahora los viudos no cobrarán la herencia ni recibirán los bienes por esta norma Fuente: Archivo

En estos casos, la ley presume que el vínculo no generó un verdadero proyecto de vida en común. Por ese motivo, el cónyuge sobreviviente no es considerado heredero, salvo que exista un antecedente clave.

La excepción se da cuando la pareja había convivido antes del matrimonio. Si se acredita una convivencia previa, el viudo o la viuda sí puede acceder a los derechos sucesorios que le corresponden según el orden legal.

Cuánto hereda el cónyuge según cada situación familiar

Cuando no se trata de un matrimonio in extremis, el derecho del cónyuge a la herencia varía según quiénes sean los otros herederos.

Cambia la Ley de Sucesiones y a partir de ahora los viudos no cobrarán la herencia ni recibirán los bienes 
Fuente: Archivo
Cambia la Ley de Sucesiones y a partir de ahora los viudos no cobrarán la herencia ni recibirán los bienes Fuente: Archivo

Si hay hijos, el cónyuge hereda una parte igual a la de cada descendiente. Sin embargo, no participa en la herencia de los bienes gananciales del fallecido ya que conserva su propia mitad de esos bienes, pero no recibe nada de la otra mitad.

Si no hay hijos pero sí padres u otros ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la herencia. En cambio, si no existen descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad de los bienes.

En el matrimonio in extremis, estas reglas no se aplican si no hubo convivencia previa, lo que deja al viudo fuera de la sucesión.

Ley de Sucesiones: quién recibe la herencia por más que no figure en el testamento

La sucesión testamentaria ocurre cuando una persona deja un testamento indicando cómo se repartirán sus bienes. Aun así, la ley protege a determinados herederos llamados legítimos, entre los que se encuentran hijos, padres y cónyuge.

Estos herederos no pueden ser excluidos totalmente mediante un testamento. En este aspecto, la Ley de Sucesiones indica que existe una porción mínima de la herencia que siempre queda “reservada”.

De tal modo, las proporciones son claras y se repartan de la siguiente manera:

  • Los descendientes tienen derecho a dos tercios del patrimonio
  • Los ascendientes a la mitad
  • El cónyuge también a la mitad.