El impuesto a la herencia, conocido legalmente como Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, es un tributo que se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito, ya sea por herencia, legado, donación o anticipo de herencia.
A diferencia de otros países, Argentina no tiene un impuesto nacional a la herencia. Sin embargo, algunas provincias decidieron implementarlo dentro de su jurisdicción.
¿En qué provincias se paga?
Actualmente: Provincia de Buenos Aires.
- Está vigente y completamente operativo, bajo la Ley 14.044 y su modificatoria 14.200.
- Grava todo aumento patrimonial gratuito, incluyendo herencias, donaciones, legados y renuncias de derechos.
- Se aplica a bienes: ubicados en la provincia, o heredados por personas con domicilio en Buenos Aires, incluso si los bienes están en otra jurisdicción.
¿Cómo se calcula el impuesto?
Las alícuotas y mínimos no imponibles dependen de cada provincia, pero en Buenos Aires:
- El impuesto es progresivo.
- Las alícuotas oscilan entre 1,6% y 6,4%, dependiendo del monto y el parentesco.
- Hay mínimos no imponibles específicos para herederos directos y otros beneficiarios.
- En los inmuebles, el cálculo se basa en la valuación fiscal ajustada o valores de mercado, según disponga la reglamentación.
¿Quiénes están obligados a pagarlo?
Deben pagar el impuesto: Personas físicas o jurídicas que reciben bienes a título gratuito.
Beneficiarios de:
- herencias
- legados
- donaciones
- anticipos de herencia
- cualquier transmisión gratuita que implique enriquecimiento
- Herederos: de bienes ubicados en Buenos Aires, o con domicilio en Buenos Aires que hereden bienes en otra jurisdicción.
El impuesto a la herencia en Argentina no es nacional, sino provincial, y su aplicación más relevante se concentra en Buenos Aires, donde se regula como el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.
La Ley de Sucesiones regula cómo se transmiten los bienes de un fallecido, pero no define el impuesto, que depende exclusivamente de las normas fiscales locales.