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La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este viernes la extensión de 5 días de plazo de tenencia obligatorios para operar con dólar contado con liquidación (CCL) mediante bonos de ley extranjera.

A través de la Resolución General 979 y a fin de "contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real", la modificación del "parking" no recaerá en aquellos títulos bajo legislación local que se mantendrán en 1 día.

"Para dar curso a operaciones de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera, deben observarse los siguientes plazos mínimos de tenencia de dichos Valores Negociables en cartera: (i) UN (1) día hábil en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley argentina, y (ii) CINCO (5) días hábiles en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley extranjera, ambos plazos contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables", puntualiza el artículo 2° del texto firmado por el presidente del organismo regulador Sebastián Negri; su vicepresidente Jorge Madero, y los dos vocales del directorio.

La extensión de tenencia se da horas después de la suba récord que registró el tipo de cambio utilizado por las empresas para girar divisas al exterior: el jueves trepó a $ 920, aunque tras fuertes intervenciones, logró cerrar la jornada en $893.

"Los dólares financieros, aún en medio de crecientes intervenciones, vienen escalando decididamente, más allá de haber alcanzado niveles altos de crisis, con una brecha en el CCL de hasta el 160%. Aun así, se teme que el continuo deterioro de expectativas, la sostenida emisión monetaria, la caída en la demanda de dinero y la aceleración en la inflación no hagan más que seguir alimentando la cobertura", señaló Gustavo Ber de Estudio Ber en su último análisis de Panorama local.

Además, la Resolución 979 amplificó el plazo para vender los dólares obtenidos con bonos soberanos (pasó de 15 a 30 días) y los condicionantes para las sociedades de bolsa que operan con cartera propia: deberán haber vendido la misma cantidad de títulos soberanos que los que compró con liquidación en dólares al final de la jornada.

Resolución General 979/2023 by Edu Lalo Mejias

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Resolución General 979/2023 by Edu Lalo Mejias

Una por una las restricciones

  • Parking de 5 días hábiles para la venta de valores negociables de legislación extranjera con liquidación en moneda extranjera y para realizar transferencias emisoras y receptoras.
  • La resolución abarca a operaciones corporativas o de Alycs con cartera propia.
  • Nuevo plazo de 30 días para vender los dólares obtenidos con bonos soberanos.
  • Al operar con cartera propia en mercados del exterior por "mandato" de sus clientes, las ALyC solo podrán hacerlo en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT) de mercados "autorizados bajo control y fiscalización de una entidad gubernamental regulatoria".
  • Al final del día, las sociedades de bolsa que operan con cartera propia deben haber vendido la misma cantidad de bonos soberanos que los que compró con liquidación en dólares.