BCRA: la reforma elimina Plan Monetario y resta poder a Superintendencia de Bancos

Sin meta de inflación, se propone reemplazar el programa monetario por estimaciones anuales que realizará el directorio. A su vez, la Super, área clave y hasta ahora independiente dentro del Central, pasa a estar dirigida por el presidente del organismo. Vea el texto completo de la reforma.

El proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo que busca modificar la Carta Orgánica del Banco Central (BCRA) y deroga y modifica artículos de la Ley de Convertibilidad levantó un aluvión de críticas. Más allá de dos cambios claves que se introducen dejar sin efecto el respaldo entre la base monetaria y el nivel de reservas que ahora permite un mayor financiamiento al Tesoro nacional y que el ente pueda fijar condiciones en el mercado crediticio hay más puntos que podrían generar desacuerdos. Entre las modificaciones más controversiales se destacan la disolución del programa monetario y un menor alcance y funciones de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, el sector del BCRA desde donde se ejerce el poder de fiscalización y policía sobre los bancos, financieras y agencias de cambio que actúan en la plaza local.
En concreto, la remoción del programa está ligada a la idea de suprimir un objetivo de inflación. En el texto introductorio de la reforma se especifica que el programa monetario y la obligación de dar a conocer una meta de inflación que no se corresponden con el actual régimen macroeconómico y que representaron un primer paso hacia un esquema formal de metas de inflación. Se propone reemplazarlos por la obligación del Directorio del BCRA de realizar las estimaciones anuales necesarias para llevará adelante en forma consistente las políticas que le competen. En la práctica, hace tiempo que las metas establecidas por el Central no se corresponden con la realidad. En rigor, en 2010, por caso, no sólo se ampliaron las bandas para los agregados monetarios (pesos en circulación) en 10 puntos más de lo estipulado al inicio de ese año, sino que aún así se incumplió con las metas ampliadas debido a una emisión desmedida.
El año pasado el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont cumplió ajustadamente con el plan. Ahora, el directorio marcará estimaciones para la expansión de dinero pero se desconocen los criterios que se utilizarán para ello. Lo que se cuestiona, entonces, es la potencial discrecionalidad a la que estarán sujetos ahora los objetivos y planes del ente. En esta línea, un ex titular del Central que prefirió anonimato describió irónicamente a El Cronista estos cambios como la morenización del BCRA.
Pero más preocupante para algunos será la reducción de funciones que tendrá la Superintendencia, una división hasta ahora central e independiente dentro del organismo monetario. En primer lugar, su accionar quedará supeditado en adelante a las funciones que ejerce el presidente de la entidad. Por medio de la modificación del artículo 10 se agrega una facultad que antes no le competía a la cabeza de la entidad. En el inciso e se añade la potestad de dirigir la actuación de la superintendencia de entidades financieras y cambiarias, que antes no tenía.
Pero ése es sólo un ejemplo de la lista de artículos por los que, mediante palabras en algunos casos ambiguas, desdibujan las funciones de este sector. Otros ejemplos son la modificación de los artículos 34 y 47. En el primero, la actual Carta Orgánica establece que el ejercicio financiero del banco durará un año y se cerrará el 31 de diciembre. Los estados contables del banco deberán ser elaborados de acuerdo a normas generalmente aceptadas, siguiendo los mismos principios generales, que sean establecidos por la Superintendencia de Entidades Financieras para el conjunto de entidades. En la reforma se elimina la injerencia de la Superintendencia en este asunto.
A través del nuevo artículo 47 se excluyen algunas facultades esenciales de la Súper como se la conoce en la jerga como la de dictar normas para la obtención, por parte de las entidades financieras, de recursos en moneda extranjera y a través de la emisión de bonos, obligaciones y otros títulos, tanto en el mercado local como en los externos. Y se modifican otras como la del inciso a que disponía que el área establece el régimen informativo y contable para las entidades financieras y cambiarias y ahora pasa solamente a vigilarlos.
Los cambios no son casuales. Vale recordar el encontronazo que el año pasado tuvo Marcó del Pont con Carlos Sánchez, que fue eyectado de la Superintendencia (ahora a cargo del director Santiago Carnero) tras autorizarles a los bancos extranjeros a girar al exterior dividendos por una suma equivalente a la que habían remitido un año antes. Ahora, la economista se asegura el poder y control dentro de un área vital del banco.
Ver texto completo de la reforma en cronista.com

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